Recientemente, una de las organizaciones defensoras de los derechos humanos de las personas periodistas más importantes a nivel internacional, y que desde el 2008 cuenta con actividad en nuestro país, fue objeto de un conjunto de señalamientos que demeritaron la labor que desde hace casi 15 años ha realizado a favor de periodistas y medios de comunicación.
Tan sólo para mostrar algunos de los casos en los que esta organización ha participado en el estado de Puebla, defendiendo tanto pública como jurídicamente los derechos de las personas periodistas y/o medios de comunicación, vale comentar que uno de sus primeras participaciones fue luego del robo a la casa habitación, en el 2014, del director del portal Poblanerías; a inicios de 2020, se pronunció a favor de la libertad del comunicador comunitario Miguel López Vega y, a finales del mismo año, llamó la atención sobre las agresiones de las que fue objeto este portal, e-consulta, y nuestro director, Rodolfo Ruiz.
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Me parece que uno de los riesgos en los que con mayor frecuencia nos ubicamos quienes nos dedicamos al estudio del Derecho desde un espacio total o preponderantemente académico y/o de investigación, es aquél de la tentación de pretender cuadrar la realidad a lo que los estudios marcan que debe ser la realidad. Pero considero, asimismo, que uno de los derechos humanos respecto al cual se puede teorizar con mayor confianza de no incurrir en esa tentación, es precisamente el derecho a la libertad de expresión y todos aquellos relacionados con el pleno ejercicio del mismo: los derechos a la libertad de imprenta, desde luego el del libre pensamiento, el de manifestación, a la libertad de prensa y a la información. Indudablemente el derecho a la libertad de expresión, en conjunción con todos aquellos que se vinculan íntimamente con él, es un pilar fundamental para cualquier Estado que aspire a ser democrático, en donde las libertades de las personas son protegidas y respetadas, y en donde impere un auténtico régimen de derecho, es decir, las bases mínimas para una convivencia social en un contexto en el que cualquier demanda o exigencia sea atendida, gestionada y resuelta a través de instituciones sólidas y funcionales, y no a través de legítimos liderazgos que, sin embargo, por más reconocimiento con el que cuenten, tarde o temprano son temporales.
De acuerdo con la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, son periodistas aquellas “personas físicas, así como medios de comunicación y difusión públicos, comunitarios, privados, independientes, universitarios, experimentales o de cualquier otra índole”, que trabajen recabando, generando, procesando, editando, comentando, opinando, difundiendo, publicando o proveyendo información,” a través de cualquier medio de difusión y comunicación que puede ser impreso, radioeléctrico, digital o imagen”.
Por todo lo antes expuesto, resulta de celebrarse el pronunciamiento que hizo la Junta de Gobierno del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, institución dependiente de la Secretaría de Gobernación del gobierno federal que no obstante los diversos pronunciamientos en contra de la labor de la organización Artículo 19 que se emitieron por parte de autoridades del propio gobierno federal, al señalar que esta organización “ha sido fundamental para la defensa de periodistas” en todo el territorio nacional, “quienes, ante amenazas, agresiones, hostigamiento, espionaje y censura”, han recurrido a Artículo 19 “en busca de apoyo”. El siguiente párrafo del comunicado de la Junta de Gobierno del Mecanismo es también de gran relevancia, puesto que asume, “como parte de su mandato y dentro de sus atribuciones”, su obligación, en primera instancia, constitucional y, enseguida, legal y orgánica, “de defender a quienes defienden los derechos humanos y a quienes ejercen el periodismo”.
Este posicionamiento de la Junta de Gobierno es una muestra clara de la importancia que tienen las instituciones sobre las personas para la construcción, funcionamiento y mantenimiento de un, si no auténtico, al menos un aproximado Estado de Derecho.
No debe ser primordial, para una discusión respecto a la defensa de los derechos y libertades de las personas periodistas, sean personas físicas, medios de comunicación u organizaciones que les defiendan, el hecho de esta de acuerdo con sus posturas o no, si se posicionan a favor a alguien a quien tengamos como referente o en su contra, o si trabajan en un medio que se reputa o asume de cierta categoría política, económica o social. Por el simple hecho de que, debido a su trabajo, sea “chayotero” o no, se presuma, incluso de manera no del todo certera, que es periodista, merece que sus derechos derivados de la labor que realiza, sean respetados y promovidos por todas las personas que formamos parte de la sociedad en la que dichas personas periodistas desempeñen sus actividades profesionales.
Termino este artículo reconociendo la perseverancia de nuestro director, Rodolfo Ruiz, quien, ante diferentes agresiones –éstas no necesariamente son físicas, pueden ir desde un hostigamiento aparentemente sutiles–, ha mantenido una postura firme y respondiendo por las vías pertinentes a cada ataque recibido. Gracias por luchar y, así, contribuir a que quienes colaboramos en E-Consulta podamos contar con este espacio.
Twitter: @JAbrahamRojas
Fuentes consultadas: