“Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.” (Última Reforma DOF 11-03-2021) Con este texto, cierra el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aquella que aplica para todas y todos los ciudadanos de este país; lo menos que podemos esperar es que, en todo momento, se mantenga vivo el espíritu de nuestra Carta Magna, y se evite cualquier tipo de discriminación, en cada ámbito de la vida nacional. Que el hecho de colaborar en una Institución particular, no sea motivo para ser discriminado.
Contra este deseo, en la Ley General de Educación Superior, recién publicada en el Diario Oficial de la Federación, el pasado martes 20, se pueden encontrar señales implícitas, de un trato entre instituciones educativas públicas e instituciones educativas particulares, hecho que podría pensarse como discriminatorio, por parte del Estado Mexicano, en su componente de gobierno, hacia las instituciones de educación de financiamiento privado. Invisibilidad de facto, ser considerados como un mal necesario, así como no aprovechar las posibles contribuciones que éstas Instituciones podrían hacer a la construcción y desarrollo de un proyecto de mejora de la educación en este país, son algunos de los aspectos que he señalado en otras entregas.
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De acuerdo al mandato del quinto transitorio de la Ley, viene el turno para Puebla TODA: “Dentro de los ciento ochenta días siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de su competencia, deberán armonizar el marco jurídico de conformidad con el Decreto. Dicho proceso se llevará a cabo en un marco en el que se considere la participación de las instituciones de educación superior, organizaciones de la sociedad civil y especialistas en política educativa.”
Ciento ochenta días para concluir, la armonización de la legislación local en la materia; todo un reto considerando la amarga experiencia de la Ley Estatal de Educación, en cuya elaboración y aprobación, hay un notable atentado contra el espíritu de la democracia participativa. Es el momento de manifestar y buscar participar como ciudadanos, en la decisión de lo que en esta materia se ha de realizar en nuestro estado.
Contrario al caso nacional, en donde esta ley viene a sustituir a la Ley de Coordinación de la Educación Superior, de 1978, en Puebla, la que está por venir, sustituirá, una “Ley” publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el 29 de agosto de 2012, con el nombre de “Ley de Educación Superior del Estado de Puebla”; por cierto, ingrata experiencia la mía, en la que después de varias semanas de trabajo interinstitucional, de un día, se anuncia la “Ley” avalada por la Autónoma del Estado. No a lo sucedido a nivel nacional con la Ley General de Educación Superior, no lo sucedido en Puebla con la “Ley de Educación Superior del Estado de Puebla”, por piedad.
Sobre la base del conocimiento y la argumentación, la ciudadanía toda, y en especial, las Instituciones de Educación Superior, de Financiamiento Privado, habremos de presentar propuestas orientadas a la transformación educativa del estado, para mejorar el nivel de bienestar de la población.
Ahora mismo, insinúo cuatro aspectos que podrían ser temas a trabajar:
1.- Concebir la necesidad de establecer la evaluación del Sistema Educativo Poblano, como plataforma orientadora, para la toma de decisiones, en el ámbito del subsistema de educación superior. Aquí se incluye evaluación de la propia Secretaría de Educación del Estado de Puebla.
2.- Fortalecer los canales de participación ciudadana en la definición de los rumbos que ha de tomar la educación superior.
3.- Considerar la posibilidad de impulsar el ejercicio de inteligencia educativa conjunta, entre autoridades e instituciones especializadas, ya sean públicas o privadas.
4.- Adoptar un enfoque que fortalezca la excelencia académica y la calidad educativa, a través de practicar procesos administrativos flexibles, que fortalezcan a las Instituciones Educativas, tanto de financiamiento público como privado.
Finalmente, resulta necesario que la administración actual, tuviera una mirada no solo de tolerancia sino de aprecio, por este tipo de instituciones; sería lógico, que más allá de hacer reconocimiento de sus aportes pasados, fueran vistas como aliadas en la construcción de una mejor educación.
Con lo dicho, y considerando la capacidad en investigación y músculo académico, con el que cuentan, se antoja, que, desde la Secretaría de Educación, se impulse un acuerdo, para el desarrollo de la educación, no solo superior, sino toda, en general. El acuerdo, deberá incluir no solo instituciones educativas, sino a organismos y ciudadanos con disposición y capacidad de aportar.
Bueno, eso digo yo…