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Contribuyentes en todo México deben presentar su declaración antes del plazo establecido para evitar sanciones de hasta 45 mil pesos
Foto: Composición e-consulta
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) estableció fechas límite para que personas físicas y morales presenten su declaración anual 2024. Las personas morales, como sociedades mercantiles, asociaciones civiles y cooperativas, deben cumplir con este trámite antes del 31 de marzo de 2025.
Por su parte, las personas físicas tienen como fecha límite el 30 de abril de 2025. Si estos días caen en fin de semana o son inhábiles, el plazo se extiende al siguiente día hábil, conforme al artículo 12 del Código Fiscal de la Federación.
Las personas morales, es decir, empresas registradas ante el SAT, deben presentar su declaración anual sin excepción, independientemente de su actividad o nivel de ingresos. Para las personas físicas, la obligación aplica si durante 2024 recibieron ingresos por honorarios profesionales, arrendamiento, intereses superiores a 100 mil pesos anuales, o si trabajaron para más de un patrón. También deben declarar quienes obtuvieron ingresos del extranjero, superaron los 400 mil pesos anuales o realizaron actividades empresariales o enajenación de bienes.
Quienes solo recibieron ingresos por salarios de un único patrón, o cuyos ingresos fueron exentos de impuestos, como becas o apoyos gubernamentales, están exentos de presentar la declaración. Sin embargo, es recomendable verificar el estatus fiscal para evitar malentendidos con el SAT.
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Para realizar el trámite, los contribuyentes necesitan su RFC, e-Firma, contraseña del portal del SAT y datos bancarios, como la CLABE, en caso de obtener un saldo a favor. Contar con estos documentos facilita el proceso y reduce el riesgo de errores que puedan retrasar la declaración.
Presentar la declaración anual con anticipación ofrece ventajas, como aclarar la situación fiscal, evitar sanciones y, en algunos casos, obtener un saldo a favor. Además, contribuye a mantener un historial fiscal positivo, lo que puede ser útil para futuros trámites, como solicitudes de créditos hipotecarios o bancarios.
El SAT aplica multas que van desde mil 810 hasta 44 mil 790 pesos a quienes no cumplan con este requisito. El monto depende del tiempo de retraso, el importe de impuestos no declarados y si el contribuyente tiene antecedentes de incumplimiento. En casos graves, la omisión puede interpretarse como evasión fiscal, lo que podría derivar en una auditoría.
Para evitar contratiempos, los contribuyentes deben verificar su obligación de declarar, reunir los documentos necesarios y presentar su declaración antes del plazo establecido. Consultar el portal del SAT o acudir a un contador especializado puede facilitar este proceso y garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. (LV)
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