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SAT: declaración anual para personas físicas: ¿cómo realizarla?

El SAT informó que las personas físicas tienen todo el mes de abril para presentar su declaración anual como parte de sus obligaciones fiscales

SAT: declaración anual para personas físicas: ¿cómo realizarla?

Foto / Agencia Enfoque

Abril es el mes de cumplir con las obligaciones fiscales requeridas por el Sistema de Administración Tributaria (SAT), aunque específicamente la declaración anual para personas físicas, que en este caso son todas aquellas que trabajen bajo el régimen de asalariados, arrendadores, freelance, así como todas aquellas que tengan actividad empresarial.

Todas estas personas tendrán hasta el domingo 30 de abril para presentar su declaración anual de ISR, por lo que si tú también eres una persona física aquí te presentamos el paso a paso de cómo realizarlo.

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Antes de iniciar es importante mencionar que debes contar con la e.firma actualizada con el fin de que puedas realizar el trámite ya sea digital o presencial en las oficinas del SAT.

¿Cómo presentar la declaración anual para personas físicas?

1. Ingresar al sitio http://www.sat.gob.mx y ten a la mano tu RFC (Registro Federal de Contribuyentes), tu contraseña y/o e.firma. Una vez en el sitio, da clic en el recuadro denominado “Declaración Anual 2022 personas físicas” que te permitirá consultar tu declaración prellenada, así como aplicar cambios, validarla, enviarla y obtener saldos a favor en tu cuenta bancaria por deducciones, además de pagar los impuestos respectivos.

2. Una vez que hayas ingresado a la “Declaración Anual 2022 personas físicas”, dirígete a “Declaración Anual” para luego hacer clic en el recuadro naranja que dice “INICIAR”.

3. Ya en el sitio, deberás ingresar RFC y contraseña, aunque esto último puede sustituirse por tu e.firma portable. Aportados estos datos, debes hacer clic en “Presentar Declaración”, así como seleccionar declaración normal y el ejercicio. A continuación, verifica el tipo de ingreso a declarar de acuerdo con tu régimen fiscal; en caso de que lo requiera el sistema, selecciona los demás ingresos que percibiste en el ejercicio.

4. Debes verificar que la información precargada sobre ti sea correcta. Se trata de datos como tus ingresos, gastos a deducir, retenciones y/o pagos provisionales. En caso de que sea necesario, complementa o modifica la información.

Nota 1: Si necesitas hacerlo, verifica el “visor de nómina para el trabajador” donde puedes consultar tus ingresos por sueldos, salarios, asimilados a salarios y pagos por separación, así como las retenciones que hizo el patrón del ISR.

Nota 2: Existe también el “visor de deducciones personales” donde puedes consultar todos los gastos por los que pediste factura y que están sujetos a deducciones.

Nota3: De requerirlo, puedes consultar también el “visor de facturas”, el cual está disponible para personas físicas que se encuentran bajo el régimen de Simplificación de Confianza (Resico).

Todos estos “visores” se encuentran en el portal electrónico del SAT. Para consultarlos primero debes acudir al apartado “declaraciones” y seleccionar la opción “Visores”; para acceder es necesario que cuentes con tu RFC y contraseña (o e.firma).

5. En caso de que no te resulte alguna cantidad a pagar o un saldo a favor, es hora de enviar tu declaración, para lo que deberás utilizar tu contraseña o e.firma.

¿Cómo obtener el saldo a favor del SAT?

Solo en caso de que obtengas saldo a favor y en caso de que este no supere los 10 mil pesos, debes enviar la declaración utilizando tu contraseña. En caso de que el saldo sea mayor a los 10 mil pesos y no rebase los 150 mil pesos, debes seleccionar la CLABE interbancaria que aparece predeterminada en el aplicativo. Únicamente cuando el saldo a favor supera los 150 mil pesos será indispensable utilizar la e.firma.

Para consultar el estado de tu devolución puedes visitar la página del SAT en el apartado “Devoluciones y Compensaciones/Seguimiento de trámites y requerimientos.

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El objetivo del SAT con la declaración anual es declarar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) del ejercicio para personas físicas de acuerdo con su régimen fiscal. De esta manera, la dependencia valida el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

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