Como anunció la dirigencia de Morena que, inmediatamente después de realizados los procesos electorales del Estado de México y Coahuila, se daría inicio a los preparativos para participar en el proceso electoral del 2024. En esa dinámica se inscribe la reunión del Consejo Nacional de Morena, y sus acuerdos mismos tienen el propósito de encauzar lo que ya se había iniciado en relación a definir el camino que el partido debe seguir para definir a sus abanderados, los que finalmente participarán en las elecciones constitucionales del próximo año. Antes de continuar conviene traer el artículo 41 del estatuto de Morena:
Artículo 41°. El Consejo Nacional será la autoridad de Morena entre congresos nacionales. Sesionará de manera ordinaria cada tres meses, y de forma extraordinaria las veces que sean necesarias, con el quórum de la mitad más uno de sus integrantes. Será convocado por su Presidente/a, o de manera extraordinaria, a solicitud de la tercera parte de los consejeros nacionales.
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En el artículo citado queda muy claro que el órgano en comento cuenta con las facultades para tal efecto.
Como la experiencia es muy ilustrativa, en el 2018 fueron incluidos como protagonistas del cambio verdadero a personajes como Lily Téllez, varios senadores y diputados que no han mostrado compromiso con el proyecto de la 4T, es decir, con el cambio verdadero, el Consejo Nacional consideró pertinente que previo a la definición final de los candidatos sería prudente nombrar a comisionados para la defensa de la 4T, es decir, del cambio verdadero. Lo expreso así en plural porque, por analogía, lo mismo que se va a realizar a nivel federal se debería aplicarse en el nivel estatal, municipal y en los distintos distritos del ámbito federal y estatal, eso es lo que se va definir en el proceso que ha convocado el consejo nacional. Obviamente, para ello se debe usar el método contenido en la convocatoria del Consejo Nacional, así que se realizaran las encuestas y el órgano competente decidirá, de acuerdo al resultado de las encuestas, quién será el comisionado para la defensa del cambio verdadero, de acuerdo al proyecto de transformación de la 4T; con ello, en el momento que se inicie el proceso oficial para elegir en el proceso de selección interna, los precandidatos ya estarían muy definidos y analizados y, en algunos casos, de hecho será un espacio para la ratificación de los abanderados del Partido Morena y como se prevé en los estatutos en la definición de los candidatos en el proceso en el estatuto de Morena se incluirán a los aspirantes externos, allí estarán las propuestas de los aliados; lo que significa, que el comisionado para la defensa de la 4T en las distintas instancias electorales pudiera ser alguien no militante de Morena, pero seguramente integrante de las organizaciones aliadas..
De manera unánime, el Consejo Nacional de Morena aprobó la convocatoria para la encuesta con la que se definirá la coordinadora o coordinador Nacional de Defensa de la Cuarta Transformación, que eventualmente asumirá la candidatura presidencial en 2024.
Los cuatro aspirantes de Morena, Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard, Adán Augusto López Hernández y Ricardo Monreal, así como los del PT y PVEM, avalaron el acuerdo que establece que la encuesta se realizará del 28 de agosto al 3 de septiembre, y tres días después, el 6 de septiembre se anunciará al ganador.
Durante el registro de Marcelo Ebrard como aspirante a coordinar los trabajos para la defensa de la Cuarta Transformación -el primero de los seis considerados para este proceso interno-, Mario Delgado acotó que no están eligiendo al candidato presidencial de Morena. Entusiasta, Marcelo Ebrard arribó al hotel donde se llevó a cabo la reunión, subrayando el dicho: “Al que madruga, Dios lo ayuda”.
Previo a este acto, Delgado detalló en entrevista que el viernes se registran los cinco aspirantes restantes: a las 10 de la mañana, el senador Manuel Velasco; a las 12 horas, senador Ricardo Monreal; a las 14 horas, Adán Augusto López; a las 17 horas, Gerardo Fernández Noroña; y Claudia Sheinbaum, jefa de Gobierno; “está por confirmarnos la hora, pero será el viernes por la tarde”, se mencionó.
Más tarde, Delgado aclaró que el partido no puede financiar las actividades de los aspirantes. Por lo tanto, ellos “tendrán que financiarse con sus propios recursos, pero que sean austeros”. Ellos tienen que moderarse, evitar derroches.
Además, estarán imposibilitados de pronunciarse a favor de algún aspirante tanto el Presidente de la República e integrantes del gabinete federal legal y ampliado; los gobernadores y los integrantes de sus respectivos gabinetes, alcaldes y colaboradores de primer nivel, coordinadores de las bancadas federales y estatales de Morena, dirigentes nacionales y estatales del partido.
También, se prohíbe de manera estricta utilizar el presupuesto público para favorecer a algún aspirante.
Luego de la sesión del Consejo Nacional del partido guinda, el presidente de este órgano y gobernador de Sonora, Alfonso Durazo, presentó el acuerdo en el que se define que del lunes 12 al viernes 16 de junio será el registro para los aspirantes. Al entregarlo, deberán ya haber renunciado a sus cargos públicos. Del 19 de junio al 27 de agosto podrán hacer recorridos por el país con la intención de privilegiar el contacto con la gente y las asambleas informativas.
En tanto, después del levantamiento de la encuesta que será del 28 de agosto al 3 de septiembre, la Comisión de Encuestas del partido procesará la información entre el 4 y el 6 de septiembre, para informar ese día al ganador. La Comisión de Encuestas se auxiliará con otras encuestadoras externas, para un total de cinco ejercicios. Cada aspirante podrá proponer dos empresas “que en el pasado reciente hayan presentado resultados distorsionados o manifiestamente discordantes respecto de los resultados electorales”. La Comisión de Encuestas escogerá por sorteo a las cuatro firmas que le auxiliarán.
Los aspirantes deberán “comportarse de manera austera, sin derroche de gastos publicitarios ni propagandísticos y rechazar toda práctica antidemocrática como el acarreo, coerción y alianzas con grupos o personas a cambio de prebendas”.
Asimismo, se descartaron los debates públicos y no podrá haber alguna descalificación o agresión entre aspirantes. Sus seguidores deben cumplir de igual forma con esa regla, y después del 27 de agosto deben suspender sus actividades, y no llevar a cabo acciones ni declaraciones relacionadas con el proceso. Para difundir sus proyectos, deberán evitar los medios de comunicación “reaccionarios, conservadores, adversarios de la cuarta transformación y partidarios del viejo régimen” (información proporcionada por el diario La Jornada, el lunes 12 de junio de 2023).
Conviene aclarar que el partido para ser reconocido como tal debió de entregar ante la autoridad electoral sus documentos básicos, además de otras informaciones que son requisito para tal efecto. Entre los documentos básicos se incluyen sus estatutos que establece en los diversos artículos el camino que se deberá seguir para que finalmente Morena y aliados estén en condiciones de elegir a sus candidatos y, en consecuencia, poder registrarlos, así que, lo acordado en la comisión nacional del partido es un proceso previo a lo que el partido tendrá que resolver para llegar definir las candidaturas que participaran en la elección constitucional del 2024. Así, es bueno resaltar lo que el estatuto mencionado ordena:
CAPÍTULO QUINTO: Participación electoral
Artículo 42°. La participación de los Protagonistas del cambio verdadero en las elecciones internas y en las constitucionales tiene como propósito la transformación democrática y pacífica del país para propiciar condiciones de libertad, justicia e igualdad en la sociedad mexicana. Quienes participen en los procesos internos y constitucionales de elección de precandidaturas y candidaturas deben orientar su actuación electoral y política por el respeto y garantía efectiva de los derechos fundamentales y de los principios democráticos. Los protagonistas del cambio verdadero no participan en los procesos electorales internos y constitucionales con el ánimo de ocupar cargos públicos o de obtener los beneficios o privilegios inherentes a los mismos, sino para satisfacer los objetivos superiores que demanda el pueblo de México.
En los procesos electorales se cumplirá lo siguiente:
a. La plataforma electoral para cada elección federal o local en que se participe, deberá aprobarse por el Consejo Nacional y en su caso, por los consejos estatales y estará sustentada en la declaración de principios y programa de acción de MORENA;
b. Los candidatos estarán obligados a sostener y difundir la plataforma electoral durante la campaña en la que participen.
Artículo 43°. En los procesos electorales:
a. Se buscará garantizar la equidad de la representación, en términos de género, edad, origen étnico, actividad, condiciones económicas, sociales, lugar de residencia y de procedencia regional, estatal, comunitaria; así como la diversidad cultural, lingüística, sexual, social y la pluralidad que caracterizan al pueblo de México; …
f. Se observarán todas las normas conducentes del capítulo tercero de este estatuto.
Artículo 44°. La selección de candidatos de MORENA a cargos de representación popular, tanto en el ámbito federal como en el local, se realizará en todos los casos, sobre las siguientes bases y principios:
a. La decisión final de las candidaturas de Morena resultará de la utilización armónica de los métodos de elección, insaculación y encuesta de acuerdo a lo señalado en este apartado.
b. Del total de candidaturas regidas por el principio de representación uninominal, se destinará hasta el 50% de las mismas a personalidades externas.
c. Las listas de candidaturas por el principio de representación proporcional incluirán un 33% de externos que ocuparán la tercera fórmula de cada tres lugares.
d. Las candidaturas externas serán presentadas por la Comisión Nacional de Elecciones al Consejo Nacional de Morena para su aprobación final.
e. Las candidaturas de Morena correspondientes a sus propios afiliados, y regidas bajo el principio de representación proporcional, se seleccionarán de acuerdo al método de insaculación. Para tal efecto, previamente se realizarán Asambleas Electorales Distritales simultáneas en todos los distritos electorales del país, o de la entidad federativa si se trata de comicios locales, a las que serán convocados todos los afiliados a MORENA a través de notificaciones domiciliarias y de la publicación del día, hora y lugar de cada reunión en un diario de circulación nacional, con por lo menos 30 días de anticipación.
f. Los afiliados a MORENA elegirán en la asamblea distrital que les corresponda hasta diez propuestas (cinco hombres y cinco mujeres) por voto universal, directo y secreto. Cada afiliado podrá votar por un hombre y una mujer. Los cinco hombres y cinco mujeres que tengan más votos participarán, junto con los diez electos en cada uno de los demás distritos de la circunscripción, en el caso federal, y de la misma entidad, en el caso local, en el proceso de insaculación.
g. La Comisión Nacional de Elecciones, en presencia del Comité Ejecutivo Nacional, la Mesa Directiva del Consejo Nacional y la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, realizará el proceso de insaculación frente al conjunto de afiliados propuestos por las asambleas distritales.
h. El proceso de insaculación se realizará, en el caso federal, por cada circunscripción, y en el caso local, por entidad federativa. Cada precandidato que resulte insaculado se ubicará secuencialmente en orden de prelación de la lista correspondiente. El primero que salga insaculado ocupará el primer lugar disponible y así sucesivamente hasta completarla. A efecto de cumplir lo que marca la Ley en materia de equidad de géneros en la asignación de las candidaturas, se procederá a realizar por separado la insaculación de hombres y mujeres; y una vez terminada dicha insaculación se intercalarán los resultados para que por cada dos lugares uno sea para una mujer y otro para un hombre o viceversa.
i. Para efectos del presente, se entiende por insaculación la acción de extraer de una bolsa, una esfera o una urna nombres o números al azar para realizar un sorteo.
j. Las convocatorias a los procesos de selección de candidatos de MORENA serán emitidas por el Comité Ejecutivo Nacional a propuesta de la Comisión Nacional de Elecciones.
k. Asimismo, la Asamblea Distrital Electoral de MORENA podrá elegir -también por voto universal, directo y secreto- hasta cuatro afiliados para participar en la encuesta que se realizará a fin de determinar las candidaturas uninominales, mismas que corresponderán a quienes se encuentren mejor posicionados. Cada asistente a la Asamblea podrá votar por una persona.
l. Un año antes de la jornada electoral se determinará por el método de insaculación qué distritos serán destinados a candidaturas externas y cuáles serán asignados para afiliados del partido. En ambos casos, a través de encuestas se determinará quiénes serán los candidatos. Dichas encuestas se realizarán en el momento que marque la Ley.
m. En los distritos designados para candidaturas de afiliados de MORENA, se realizará una encuesta entre las propuestas elegidas en la Asamblea Distrital Electoral, resultando candidato el mejor posicionado. En los distritos destinados a externos será candidato el que resulte mejor posicionado en una encuesta en la que participarán cuatro personalidades seleccionadas por la Comisión Nacional de Elecciones entre aquellas que acudan a ésta a inscribirse para tal efecto.
n. No obstante, lo anterior, a juicio de la Comisión Nacional de Elecciones y por solicitud expresa del aspirante, en los distritos seleccionados para candidatos externos podrán participar afiliados a MORENA, y entre los destinados para afiliados del partido podrán participar externos, cuando la propia Comisión presuma que estos se encuentran mejor posicionados o que su inclusión en dicho distrito potenciará adecuadamente la estrategia territorial del partido. En estos supuestos, el candidato será aquel que tenga el mejor posicionamiento, sin importar si es externo en un distrito asignado para candidato afiliado, o afiliado del partido en un distrito destinado para candidato externo.
o. La selección de candidatos de MORENA a presidente municipal, gobernador y presidente de la República se regirá por las mismas bases utilizadas para seleccionar candidatos a diputados por el principio de representación uninominal, a través de las respectivas asambleas electorales municipales, estatales y nacional para elegir las propuestas, entre las cuales se decidirá por encuesta al candidato. En el caso de los cabildos municipales compuestos por el principio de representación proporcional se aplicará el método de insaculación ya descrito para los candidatos a diputados por el mismo principio.
p. Las instancias para definir las precandidaturas de MORENA en los diversos procesos electorales son:
1. Asamblea Municipal o Delegacional Electoral
2. Asamblea Distrital Electoral
3. Asamblea Estatal Electoral
4. Asamblea Nacional Electoral
5. Comisión Nacional de Elecciones …
v. La Comisión Nacional de Elecciones designará Comisiones Estatales de Elecciones para coadyuvar y auxiliar en las tareas referentes a los procesos de selección de candidatos en cada entidad.
w. Los aspectos y situaciones relacionados con la selección de candidaturas de MORENA no previstos o no contemplados en el presente Estatuto serán resueltos por la Comisión Nacional de Elecciones y el Comité Ejecutivo Nacional de acuerdo con sus atribuciones respectivas.
Los artículos de los estatutos que se han presentado en este documento dan idea de las distintas etapas que el partido y sus potenciales candidatos deberán cubrir para llegar a conquistar las candidaturas para participar en las elecciones constitucionales, lo que demuestra que el proceso para elegir a los abanderados de Morena y aliados apenas se está iniciando.
En los estatutos del partido queda muy claro que el mecanismo se integra de manera importante con la participación de los integrantes de Morena y que los instrumentos básicos son los actos de insaculación y de las encuestas en un espacio muestral del país para el caso de la elección del coordinador de los trabajos de defensa de la 4T a nivel federal que tiene un carácter abierto a la ciudadanía en el caso de los coordinadores con la misma naturaleza será el espacio muestral de carácter estatal municipal y en los distritos federales y estatales. Por ello es que los aspirantes a coordinar la defensa de la 4T deberán ser sometidos a la encuesta en el ámbito correspondiente.
Así que el estatuto aborda lo relativo a las formas y métodos que adoptará el proceso para participar en las elecciones constitucionales y en ello se incluye que los abanderados del partido tendrán que pasar por un proceso que integra métodos que implican eventos de instancias partidarias como asambleas distritales, municipales, estatales y nacionales todo con el propósito de seleccionar a los precandidatos que serán sometidos a procesos de insaculación y de participación en encuestas realizadas por los órganos competentes del partido, que finalmente, sus resultados, definirán quiénes serán los candidatos de Morena y sus aliados para participar en los procesos electorales constitucionales que se desarrollarán en el 2024, por tanto, queda claro que la selección de los candidatos del partido se hará en los tiempos y bajo las formas que señala el marco legal constitucional y sus leyes reglamentarias correspondientes.