La tarea legislativa es dinámica como lo es la sociedad misma y ese dinamismo demanda actualizar día con día nuestro marco normativo y adaptarlo a las necesidades sociales.
El sector de la economía de nuestro país atraviesa una situación compleja producto de la desaceleración de las finanzas internacionales que se han visto afectadas por la volatilidad del precio del petróleo, principalmente.
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Las micro, pequeñas y medianas empresas (MPYMES) tienen una gran importancia en la economía y en el empleo a nivel nacional y regional, tanto en países industrializados como en los de menor grado de desarrollo.
Las empresas MPYMES representan -a nivel mundial- el segmento de la economía que aporta el mayor número de unidades económicas y personal ocupado; de ahí la relevancia que reviste este tipo de empresas y la necesidad de fortalecer su desempeño al incidir éstas de manera fundamental en el comportamiento global de las economías nacionales.
De acuerdo con los criterios de la Secretaría de Economía, las micro empresas son las que van de 0 a 10 empleados y las pequeñas empresas emplean de 11 a 30 personas –o hasta 50 en el caso de empresas de servicios-.
Las micro, pequeñas y medianas empresas (PYMES) constituyen la columna vertebral de la economía nacional por los acuerdos comerciales que ha tenido México en los últimos años y asimismo por su alto impacto en la generación de empleos y en la producción nacional.
De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en México existen aproximadamente 4 millones 15 mil unidades empresariales, de las cuales 99.8% son PYMES que generan 52% del Producto Interno Bruto (PIB) y 72% del empleo en el país.
En ese contexto, los diputados y senadores del Congreso de la Unión aprobamos el Dictamen De la Comisión de Economía, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles, con lo que se crea la Sociedad por Acciones Simplificada -SAS-; se trata de una nueva figura jurídica que facilitará y agilizará la creación de sociedades mercantiles –o empresas-.
La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) ha determinado que un sistema eficaz de inscripción registral de empresas debe regirse bajo los siguientes principios fundamentales:
I) El trámite de inscripción debe ser sencillo, rápido, económico, fácil de aplicar y accesible al público como sea posible.
II) La información registrada con respecto a las entidades mercantiles deberá ser fácil de consultar.
III) La información registrada deberá ser fiable e inalterable.
En congruencia con dichos principios, los legisladores coincidimos en que el registro es la clave para permitir que empresas de todos los tamaños entren al mercado y operen en la formalidad, mediante un mecanismo de operación sencilla que se adapte a las necesidades de las micro y pequeñas empresas.
Una de las ventajas de esta reforma consiste en la implementación de un sistema electrónico de Registro, a cargo de la Secretaría de Economía, que permitirá la creación de micro y pequeñas empresas sin costo y en sólo 24 horas.
Las Sociedades por Acciones Simplificadas -SAS- no requerirán capital mínimo y deberán inscribirse en el Registro Público de Comercio además de que podrán constituirse por uno o más socios -personas físicas- que solo serán responsables hasta por el monto de sus aportaciones.
Con estas sociedades se busca fomentar la formalidad y creación de nuevas empresas, así como asegurar su operación y existencia, al disminuir tiempos y costos de trámites de apertura.
Es importante instrumentar acciones como éstas para mejorar el entorno económico y apoyar directamente a las empresas, con el propósito de crear las condiciones que contribuyan a su establecimiento, crecimiento y consolidación.