En la exposición de motivos de la iniciativa de ley presentada por la Presidencia de la República en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación se puede apreciar el diagnóstico que se hace de las administraciones de los tres últimos sexenios respecto a las políticas públicas instrumentadas: “el fomento a la vinculación entre centros de investigación científica y tecnológica públicos con las empresas del sector privado; el financiamiento público a través de fideicomisos y transferencias financieras hacia empresas privadas; el otorgamiento de becas y financiamiento de posgrados de instituciones privadas, y la generación de ciencia y tecnología para el desarrollo de actividades básicamente comerciales. Lo anterior, acompañado de la imposición de criterios elitistas y de evaluación productivista en el Sistema Nacional de Investigadores (SNI), así como de la renuncia del Estado a obtener y conservar como bienes públicos y sociales los avances en la innovación y la ciencia financiadas con recursos públicos, mediante el abandono de la propiedad intelectual resultante.”
El diagnóstico negativo continúa: “En general se dejó de lado el interés nacional y la consecución del bienestar social para favorecer intereses individuales mediante criterios utilitarios y elitistas que fomentaron la exclusión social y la generación de una profunda desigualdad entre la comunidad de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación que alentó la fuga de cerebros y con ello la pérdida de una parte significativa del patrimonio intelectual del país.”
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Con base en este diagnóstico negativo se propone la iniciativa que “tiene por objeto garantizar el derecho humano a la ciencia reconocido en la fracción V del artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), a través de una política articulada por el Estado mexicano en materia de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación, en la que el Estado ejerza la rectoría indispensable para el desarrollo nacional y el bienestar de la población.”
El documento en el que se hace la exposición de motivos y el proyecto de ley reglamentaria arriba mencionada consta de 128 páginas; sin embargo, aquí me interesa resaltar esta parte del diagnóstico que tiene que ver con la situación actual de la universidad pública y los programas que impactan directamente el ejercicio de sus actividades sustantivas.
Me refiero específicamente al Sistema Nacional de Investigadores. Se dice que este programa impuso criterios elitistas y evaluaciones basadas en la productividad de los investigadores. Si esto es así, si la evaluación de este tipo se considera negativa, ¿por qué se ha preservado? No importa si ahora el número de investigadores se ha triplicado, como se afirma en el documento, el punto es que el SNI, nacido en 1983, obedece en su concepción y su funcionamiento a estas políticas que propiciaron la desigualdad entre la comunidad de humanistas y científicos.
No es difícil entender que la instauración del SNI llevó a una desigualdad esencial: la del ingreso económico. Es el caso que la BUAP cuenta hoy con 856 miembros del SNI, equivalente al 16.6% del personal académico. Al mismo resultado llevó el programa de estímulos al desempeño académico, diseñado para que sólo el 30% de los trabajadores académicos alcanzara este beneficio. Y la pregunta es la misma ¿por qué se ha preservado?
Si abiertamente se reconoce que la política pública en materia de investigación ha llevado a la profundización de la desigualdad entre la comunidad de los académicos, lo esperado es que esta política se suprima y se le dé paso a lo que hace décadas los académicos, sin distinguir entre docentes e investigadores, tienen derecho: un salario que realmente corresponda al trabajo especial desempeñado.
Una de las premisas fundamentales del movimiento de reforma universitaria fue, y sigue siendo vigente, la vinculación entre docencia e investigación. Efectivamente, fue la maduración de las plantas docentes lo que hizo posible la gestación de los programas de maestría y de doctorado encargados de formar a las nuevas generaciones de especialistas en las distintas disciplinas humanísticas y científicas.
Ahora esta iniciativa anuncia la creación de los Centros Públicos de Investigación, concebidos como entidades paraestatales pertenecientes a la Administración Pública Federal. De ser aprobada, aquí se desarrollarán las investigaciones sobre los problemas que la Agenda Nacional dicte como prioritarios a resolverse.
Y nosotros preguntamos, ¿el anunciado incremento del gasto en investigación se deberá al financiamiento de estos centros públicos de investigación? ¿Qué sucederá con el financiamiento a la investigación en las universidades públicas? Si algún investigador adscrito a esta universidad quiere participar en algún proyecto de estos centros ¿lo hará de manera particular o institucional? Recordemos que la fracción VII del artículo 3º constitucional garantiza a las universidades autónomas por ley la libertad de cátedra y de investigación. ¿Serán las burocracias universitarias las que “administren” el trabajo de investigación de las y los académicos?
Tal parece que esta iniciativa nos lleva a concluir que el único financiamiento seguro para la investigación en las universidades públicas es el recibido a través del SNI, un programa calificado por quien propone esta iniciativa como promotor de la desigualdad y del elitismo. El otro financiamiento seguro es el de las becas, de acceso universal se dice, para los estudiantes de posgrado.
Son muchos los interrogantes que plantea esta propuesta de ley reglamentaria de la fracción V del artículo 3º constitucional, sólo he apuntado algunas de las cuestiones más urgentes de resolver para el cumplimiento de una de las tres actividades sustantivas de una universidad pública como lo es la BUAP.
¿No les parece a ustedes de la mayor importancia considerar de manera puntual y específica el lugar que ocupa la universidad pública en el Sistema Nacional de Investigación?