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OPINIÓN

La Constitución hoy

Constitución, para equilibrar el poder. Luego, generar bienes públicos. Organismos autónomos.

Víctor Reynoso

Sociólogo por la UNAM, maestro en Ciencia Política por la FLACSO y doctor en Ciencias Sociales por El Colegio de México. Profesor jubilado de la UDLAP. Sus líneas de trabajo como investigador son sistemas electorales y sistemas de partidos en México, democracia y cultura política. Autor de diversos libros y artículos especializados.

Miércoles, Marzo 1, 2017

Profesor del UDLAP

¿Para qué sirve la Constitución mexicana hoy, a cien años de su promulgación? Para lo que sirven todas las constituciones de los países democráticos: controlar y equilibrar al poder, por un lado, y estructurarlo de manera que genere bienes públicos por el otro. Esto puede verse en uno de los rasgos más novedosos de nuestra Constitución, propios de la nueva etapa política del país: los Organismos Constitucionales Autónomos (OCAs).

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Para algunos el límite de la transición política mexicana de fines del siglo pasado es que fue exclusivamente electoral. Pero bien vista no se limitó a eso. Primero porque el cambio electoral dio lugar a muchos otros cambios de fondo. Pero también porque, al igual que muchos otros países, el nuestro dio lugar desde la última década del siglo XX a los organismos ya mencionados. Se trata de una nueva forma de división de poderes, que complementa a la clásica (ejecutivo, legislativo y judicial). Consiste en la creación de organismos políticos, que son parte del Estado, pero que son autónomos respecto a los tres poderes clásicos.

El primero de ellos en adquirir estatus constitucional y autónomo fue la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en enero de 1992. El más reciente, la fiscalía General de la República, en febrero de 2014. En total son diez. Algunos ya existían, pero no tenían carácter constitucional o autónomo, como el Banco de México (creado en 1925, pero autónomo desde 1993), el INEGI (Instituto Nacional de Geografía y Estadística), el IFE (hoy INE: Instituto Nacional Electoral) y la Fiscalía mencionada, que tenía el nombre de Procuraduría y era parte del poder Ejecutivo. Otros son nuevos, como los institutos de Acceso a la Información, el de Evaluación Educativa y Federal de Telecomunicaciones, o la Comisión Federal de Competencia Económica.

Como puede verse por los nombres, sus funciones son notablemente distintas. Abarcan la política monetaria, la defensa de los derechos humanos, la organización del acceso al poder vía elecciones, la evaluación de la educación, la lucha contra los monopolios, la generación y publicación de información, el acceso a la información pública y la protección de datos personales, entre otros temas.

Esta nueva característica de la Constitución mexicana hace que nuestras normas del siglo XXI difieran notablemente de las del viejo régimen dominante la mayor parte del siglo XX. Muestran que la transición mexicana fue mucho más que electoral. Que el Estado mexicano actual (nuestro conjunto de normas y de las organizaciones encargadas de aplicarlas) es hoy notablemente distinta de las del siglo pasado.

Por supuesto que no es lo mismo cambiar la ley que cambiar la realidad. Una nueva constitución no da lugar a un nuevo país. La norma escrita puede ser letra muerta. O puede tardar lustros o décadas en convertirse en letra viva, en usos y costumbres vigentes. Pero algunos de estos organismos tienen ya efectos reales y trascendentes. A principios de 2017 hubo una crisis nacional por el gasolinazo y sus efectos: aumentar la inflación unos puntos porcentuales, 4 o 5 creo que se prevén. En la década de los ochenta del siglo pasado, cuando el Banco de México dependía del Ejecutivo, la inflación anual rebasaba los tres dígitos, más del 100% en algunos años. Nadie puede regatear los efectos positivos de la autonomía del Banco de México.

Sobre la institucionalidad electoral puede decirse algo similar: el casi monopolio del antiguo régimen ha sido sustituido por una pluralidad de partidos. En otros casos los resultados son más difíciles de ver, más pobres, o bien todavía inexistentes.

Dividir el poder significa un dilema: es debilitarlo. Y un poder impotente no sirve al interés público. Pero los cambios resultados de los organismos constitucionales autónomos parecen ir en la línea correcta: que el presidente de la República no tenga ya en sus manos la política crediticia, la organización de las elecciones, la generación de los datos oficiales, la defensa de los derechos humanos, y todas las demás atribuciones de estos organismos, sin duda evita los excesos del pasado y hace más probable un Estado generador de bienes públicos. Y en otros casos simplemente no existían los organismos que tratan de realizar las nuevas funciones.

Claro que para una mentalidad perfeccionista, fundamentada en el todo o nada, esto será nada. Presentará una lista de los problemas actuales (basta abrir la página de internet de un periódico para tenerla) y argumentará que nada ha cambiado. Que incluso estamos peor. La nueva división de poderes no resolverá todos nuestros problemas. Nada lo hará. Pero sí nos da mejores elementos para enfrentarlos.

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