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Jueves, 14 De Mayo De 2026 | Puebla

OPINIÓN

Salirse del crimen de Estado

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Eduardo García Anguiano

Sociólogo y maestro en Administración Pública. Ha laborado en el gobierno federal y gobiernos locales en áreas de seguridad y gobierno. Ha sido profesor en la Universidad de las Américas Puebla, el IMIDECIP y el INAP. Escribe la columna Operación Seguridad.

Jueves, Octubre 30, 2014

La desaparición forzada constituye un crimen de Estado por ser un tipo de delito que supone la violación de múltiples derechos humanos.

Lo anterior según el Estatuto de Roma que fue adoptado en 1998 durante la "Conferencia Diplomática de plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional", entró en vigor en julio de 2002 y México lo ratificó en octubre de 2005.

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Es conveniente tener presente lo anterior debido a que:

  • En Michoacán de Ocampo se documentó como el crimen organizado penetraba en las instituciones gubernamentales, desde el caso de legislador que tomó protesta para luego escaparse, hasta nuestros días mediante videograbaciones donde aparecen acordando acciones a seguir.
  • A raíz de los sucesos de los normalistas de Ayotzinapa, en Guerrero se ha podido apreciar como el crimen organizado y el gobierno han fungido como un solo ente, la línea divisoria entre uno o el otro es difícil de trazar.
  • En este caso se pudo observar también, que el gobierno y la policía municipal asesinaron y por otro lado desaparecieron a un grupo de estudiantes y otras personas, para posteriormente abdicar de la función gubernamental que desempeñaban. 

Por lo anterior, se configura la desaparición forzada de personas porque una autoridad gubernamental los detuvo y secuestró, junto con la negativa a reconocer la privación de libertad ya que la autoridad señalada se encuentra prófuga y el gobierno estatal no proporcionó información sólida sobre la suerte que han corrido los “desaparecidos”, de esta forma, se privó de la protección de la ley al grupo de estudiantes por un periodo de tiempo, hecho que persiste hoy en cuanto a las responsabilidades de las autoridades locales.

Ante ello, surgen al menos los escenarios siguientes:

Primer escenario.- Omisión o complacencia: no se puede hacer justicia plena ante los hechos delictivos por lo que el caso se agudiza y afectaría al gobierno federal.

Segundo escenario.- Justicia parcial: se detiene a una parte de los presuntos culpables y van a un proceso judicial, lo que al momento parece ser el estado de la situación. Considerando las circunstancias, en este escenario en otros momentos neutro, el gobierno federal aparece como incapaz.

Tercer escenario.- Justicia plena: se detiene o ubica físicamente a los restos de los presuntos culpables y se garantiza la protección de los derechos de las víctimas y a las víctimas indirectas. En este escenario el gobierno federal se aparta del crimen de Estado para llevar el caso al ámbito jurídico – penal.

Cualquiera desenlace en términos de derechos humanos ya es negativo, sin embargo, habrá que esperar el curso de los acontecimientos para apreciar si se apartarán de las características de crimen de Estado.

El escritor español Francisco de Quevedo decía: “Donde hay poca justicia es un peligro tener razón”.

@EGAnguiano

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