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Registra Puebla 46 solicitudes de transmisión de derechos de aguas en 2025

Estas solicitudes equivalen a poco más de un tercio de todo lo tramitado en 2024, cuando se alcanzó un histórico de 125

Registra Puebla 46 solicitudes de transmisión de derechos de aguas en 2025

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Foto: Gran Angular

En este 2025, la Dirección Local de Puebla de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) recibió 46 solicitudes de transmisiones de derechos de aguas, cifra que ya representa más de una tercera parte del total reportado el año pasado.

De acuerdo con información de la Dirección Local de Puebla de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), estas solicitudes (transferencia legal de los derechos de uso y aprovechamiento del agua de un titular a otro, ya sea de forma temporal o permanente) equivalen al 36.8 por ciento de todo lo tramitado en 2024, cuando se alcanzó un histórico de 125 transmisiones, la cifra más alta en al menos 14 años.

Entre 2012 y 2025, el número de solicitudes mostraron variaciones. El nivel más alto se alcanzó en 2024 con 125 registros, lo que representó un incremento de más del 200 por ciento respecto a 2023, cuando se reportaron 40 casos. Los años con menor actividad fueron 2022 y 2023, con 41 y 40 solicitudes respectivamente.

  • 2021: 53
  • 2022: 41
  • 2023: 40
  • 2024: 125
  • 2025: 46

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¿Qué son las transmisiones de derechos?

En la Conagua, una transmisión de derechos implica la transferencia de la titularidad de una concesión para el uso, explotación o aprovechamiento de aguas nacionales. Esto significa que una persona física o moral cede a otra los derechos y obligaciones establecidos en una concesión previamente otorgada.

Este trámite, conocido como CONAGUA-01-013, puede involucrar la formalización de la transmisión de derechos de un titular fallecido a sus sucesores, o la transferencia entre personas vivas, como en el caso de compraventa o cesión.

El procedimiento incluye:

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  • Autorización oficial de la Conagua.
  • Registro en el Registro Público de Derechos de Agua (REPDA), lo que otorga seguridad jurídica.
  • Cumplimiento de requisitos legales y administrativos establecidos en la Ley de Aguas Nacionales y su reglamento.

De estas existen tres tipos de transmisiones las cuales son:

  • Gratuita u onerosa: Puede realizarse por donación, herencia o mediante compraventa.
  • Total, o parcial: Puede cederse la totalidad o solo una fracción de los derechos.
  • Temporal o permanente: La cesión puede ser por un periodo determinado o indefinida. (MCJ)

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