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OPINIÓN

1993, año clave en el sistema político mexicano

Cambios en nuestro sistema político y electoral se registraron a partir de dos hechos históricos

Héctor Olmedo

Licenciado en Administración Pública y maestro en Ciencias Políticas por la BUAP; especialista en Derecho Electoral y Cultura Política. Se ha desempeñado en áreas de la administración pública federal y en órganos electorales federales y locales. Miembro de la Sociedad Mexicana de Estudios Electorales.

Domingo, Septiembre 18, 2022

La reforma electoral de 1993 y la elección presidencial de 1994 representaron un hito en el sistema político mexicano.

Los temas pendientes de la reforma de 1990, sumado a la inestabilidad política del sexenio de Carlos Salinas de Gortari, que se caracterizó por el surgimiento del movimiento armado del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), el cual declaró la guerra al gobierno mexicano en 1994 tomando varios municipios del estado de Chiapas, y la muerte del candidato presidencial Luis Donaldo Colosio, fueron la combinación perfecta para que la ciudadanía exigiera una vez más democratizar el sistema político (1), lo que derivó en una serie de modificaciones constitucionales, que dieron como resultado una nueva integración y estructura de los órganos electorales.

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Estas presiones sociales se reflejaron en un proceso de liberalización política, con la reforma de 1993, la cual fue trabajada de manera previa, esencialmente por la oposición, en el que se buscaba regular aspectos de la vida interna de los partidos y sobre todo del órgano electoral, en consecuencia fue bloqueada en la Cámara de Diputados por el PRI, lo que llevó a al PAN y al PRD, a publicar una declaración conjunta en el que planteaban la agenda, cuyo primer punto era la creación de un tribunal electoral, auténticamente autónomo que calificara y resolviera los medios de impugnación y diera definitividad a las diversas etapas del proceso electoral; el segundo era aperturar el Senado a las minorías; y la tercera que tocaba la modificación de la estructura del IFE, principalmente del Consejo General.

Las propuestas fueron cabildeadas con el partido oficialista. El mayor reclamo era en torno al funcionamiento del sistema electoral, la cuestión de que el órgano legislativo tuviera la atribución para calificar las elecciones, quién actuaba como juez y parte. De esta manera se trasladó al Tribunal Federal Electoral la facultad para determinar la validez del proceso, quién resolvería de manera definitiva los medios de impugnación, por lo que el Tribunal se transformó en órgano autónomo y máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral federal, las características más importantes de esta reforma están relacionadas con la regulación en la interposición de estos medios donde se determinaron los plazos, pruebas y procedimientos para poder acceder a la justicia electoral en los cómputos distritales y las declaraciones de validez de las elecciones.

En cuanto a las atribuciones del IFE, se redujeron las concernientes al Consejero Presidente, trasladando así al Consejo General, gran parte de las decisiones y muy importante las designaciones del personal electoral; así mismo se estableció que la integración de los consejos, tanto el general, como los locales y distritales, se integrarían por ciudadanos que no se encontraran afiliados a ningún partido político; sin embargo y como resalta Peschard (1994, p. 125), sí bien se procuró que el órgano electoral se rigiera bajo el principio de imparcialidad e independencia, la propuesta y nombramiento de los consejeros generales, dependía de la Cámara de Diputados, lo que sin duda podía generar tendencias y líneas, bajo las cuáles se buscaba obtener el mayor número de cuotas partidistas dentro del Consejo.

Dentro de la integración del IFE, se implementó el nombramiento unipersonal de los representantes de los partidos políticos, así como la pérdida del derecho al voto dentro del Consejo General, aunque los consejeros provenientes del poder legislativo sí conservaron esta prerrogativa, y que más tarde sería removida.

Otra de las características de esta reforma fue la modificación del número de escaños y la composición del Senado, la regulación en materia de financiamiento, en donde se fijaron topes a los gastos de campaña, así como reglas para la administración de los recursos y el patrimonio de los partidos; se prohibió a éstos recibir aportaciones de entidades gubernamentales, personas, partidos y organismos extranjeros, y se garantizó el acceso a todos los partidos a los medios de comunicación con el fin de asegurar mayor equidad en la contienda; se derogó la auto calificación de las cámaras.

Finalmente, el último aspecto necesario de resaltar es la incorporación de la figura de los observadores electorales, una exigencia que se había realizado anteriormente. Con ello se ampliaba la posibilidad de los ciudadanos a participar y se ciudadanizaba la jornada electoral.

En síntesis, la reforma de 1993 modificó aspectos sustanciales en los órganos electorales que dieron como resultado una autonomía y que permitieron la ciudadanización de las elecciones y con ello de la vida política, lo que fue más palpable en la elección presidencial de 1994, y que más tarde derivaría en la alternancia política del 2000. Esto transformaría el sistema político mexicano, al permitir una pluralidad y garantizar la contienda electoral a través de la competitividad real.

(1) En México pueden identificarse claramente las crestas en donde la presión social se acumula, tal es el caso de la propia Revolución mexicana, que derivó en la Constitución de 1917, el movimiento estudiantil de 1968 que 

Referencias
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (1990), Instituto Federal Electoral.
Peschard, J. (2016). La cultura política democrática. Ciudad de México: Cuadernos de la Divulgación Democrática Instituto Nacional Electoral.

 

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