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OPINIÓN

El código QR: una violación más en la BUAP

No sólo impide el libre tránsito, sino desencadena sacrificio de otros derechos fundamentales

Guadalupe Grajales

Licenciada en Filosofía por la UAP con Maestría en Filosofía (UNAM) y Maestría en Ciencias del Lenguaje (UAP). Candidata a doctora en Filosofía (UNAM). Ha sido coordinadora del Colegio de Filosofía y el posgrado en Ciencias del Lenguaje (BUAP), donde se desempeña como docente. Es la primera mujer en asumir la Secretaría General de la BUAP.

Martes, Septiembre 6, 2022

Ayer leí una convocatoria de la Asamblea Universitaria BUAP que invita a dialogar y a conocer lo que ocurre en la universidad.

Los temas de interés social para la comunidad estudiantil, señalan los convocantes, son:

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Algo que llama la atención de la convocatoria mencionada es la invitación a realizar la actividad política de dialogar. ¿Hace cuántos años que en nuestra universidad no se declaraba abiertamente la necesidad de hacer política? Era una actividad inconfesable, propia de revoltosos y mitoteros. Lo político se había convertido en lo oculto, lo tramposo, lo sucio.

Ahora una organización estudiantil declara la imperiosa necesidad de hacer política, y lo hace de manera transparente y clara. Hacer política es algo que te ennoblece porque cuando dialogas ofreces razones para convencer al otro de las bondades de tus ideas, propuestas, opiniones, fines, métodos, en fin, de todo aquello que constituye una actividad justificada por estar encaminada hacia fines en común, de beneficio para todos. La política consiste tanto en establecer estos fines entre todos, como en construir, de común acuerdo, el camino hacia ellos y los modos de transitarlo.

Los cuatro puntos que proponen discutir son de gran importancia, pero el relativo al código QR me parece sustancial por las consecuencias que acarrea su observancia para la actividad política, dentro y fuera de la universidad.

Todos gozamos de derechos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y uno de ellos es el libre tránsito. ¿Qué podría justificar la limitación de este derecho? Cualquier restricción o suspensión de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte sólo puede darse bajo las condiciones que la Constitución establece, y si hay restricciones, éstas deben tener un fin legítimo.

Más aún, cualquier limitación a la libertad de tránsito debe ser necesaria para alcanzar los fines legítimos por los cuales se establece. El que la limitación sea necesaria significa que por esa limitación, y sólo por ella y no por otra menos restrictiva, se puede lograr satisfacer una necesidad social imperiosa, en este caso, la de evitar la propagación del Covid-19.

Además de necesaria, la restricción debe ser proporcional, en el sentido de que el sacrificio que implica la restricción del derecho fundamental (el libre tránsito) no sea exagerado o desmedido comparado con las ventajas que resulten de tal restricción.

Simplemente consultando el decreto emitido por el ejecutivo estatal el 23 de junio podemos constatar que la restricción a nuestra libertad de tránsito mediante la imposición del código QR es innecesaria, pues las medidas sanitarias preventivas del uso de cubrebocas, la sana distancia y el lavado de manos son suficientes para satisfacer la necesidad social de no contagiarnos.

El QR no sólo es innecesario sino que es una medida totalmente desproporcionada, puesto que la restricción al libre tránsito afecta otros derechos fundamentales como el derecho a la privacidad, pues nos hacen contestar un cuestionario y firmar nuestra anuencia para emplear la información recabada; a la libre asociación, pues carecemos del espacio indispensable para organizarnos como universitarios; al trato igualitario, pues la obtención del QR no es de fácil acceso para todos; y a una educación democrática, pues se provoca la exclusión de aquellos que deciden no someterse a ese trato indigno.

Obedecer y presentar un QR al entrar a la universidad no sólo implica la aceptación tácita de la violación a nuestros derechos fundamentales, sino también la de los derechos de los otros, de nuestros familiares y amigos, de nuestros conciudadanos que tienen el derecho de entrar a una universidad pública como la nuestra.

¿No les parece a ustedes de la mayor importancia exigir a la administración central de la universidad que deje de violar nuestros derechos humanos y políticos más fundamentales?

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