Este martes se llevó a cabo -con bombo y platillo- el anuncio mediático de 10 acciones para reforzar la seguridad pública en la ciudad, escenario en el que se dio a conocer la salida de Alejandro Oscar Santizo Méndez de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal y la llegada de Manuel Alonso García como el nuevo titular.
El tema es grave porque no solamente el nombramiento de un nuevo Secretario tiene que ser aprobado por el Cabildo, sino incluso la solicitud de licencia, la renuncia o incluso la remoción, cualquiera haya sido el caso, se tuvo que conocer en Cabildo y aprobar o no por votación. No son atribuciones del Presidente, son atribuciones del Cabildo en Pleno.
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El Capítulo VI de la Ley Orgánica Municipal, en su artículo 78, fracción XXV, señala que es atribución del Ayuntamiento: “Nombrar, a propuesta del Presidente Municipal, al Secretario del Ayuntamiento, Tesorero Municipal, Contralor Municipal y Comandantes de Policía y Tránsito Municipal, quienes serán servidores públicos de confianza y podrán ser removidos libremente, sin prejuicio de lo que establezcan las leyes en la materia”.
Y en la fracción XXIX, del mismo artículo establece que también es su atribución: “Aceptar renuncias y conceder licencias cuando excedan del término de diez días a los servidores públicos del Ayuntamiento, así como sancionar las faltas en que los mismos incurran”.
El Capítulo XXIII de dicha Ley, en su artículo 209 señala que: “Los Comandantes de la Policía Preventiva Municipal y de Seguridad Vial Municipal serán nombrados y removidos por el Ayuntamiento, a propuesta del Presidente Municipal”.
Es decir que si ya se dio por buena la solicitud de licencia del Secretario Santizo, estamos ante una franca violación a la Ley Orgánica Municipal, pues se está avalando la renuncia y nombrando a un titular sin darlo a conocer primero al Cabildo.
Estamos pues ante un atropello a la figura institucional del Ayuntamiento, pues hay que recordar que el gobierno de la ciudad se ejerce en un órgano colegiado; no es una función unipersonal sino que está asignada a un cuerpo colegiado y las atribuciones que tiene ese cuerpo colegiado están descritas en la Ley. Dentro de ellas está el nombrar al responsable de Seguridad Pública.
Si se trató de una solicitud de licencia por parte del secretario Santizo, se debió convocar a una sesión extraordinaria para abordar el tema -que puede citarse incluso hasta con una hora de anticipación-, pero se optó por privilegiar el evento mediático, la estratégica propagandística, las candilejas…
Primero debió informarse al Cabildo sobre la solicitud de licencia -más aún si se trata de una remoción- y una vez aprobada, si hubiera sido el caso, presentársenos la propuesta del Presidente para el nuevo titular. Pero dar a conocer al nuevo responsable de la forma en que se hizo –a través de los medios de comunicación- es una clara falta de respeto al Cabildo y una grave descortesía.
Un encargado de despacho que adolece de legalidad en su nombramiento, sin duda alguna comienza con el pie izquierdo. De nada van a servir las 10 grandes iniciativas que este martes se anuncian con todo el despliegue publicitario y propagandístico, 10 grandes medidas para abatir la inseguridad pública, si el responsable empieza con una deficiencia grave sobre la legalidad de su nombramiento. Es decir, si empieza su trabajo para combatir el delito, olvidándose de la ley y de la autoridad.
[El autor es regidor del H. Ayuntamiento de Puebla
juan.espina@pueblacapital.gob.mx
@juancespina
FB JuanCarlosEspina.90]