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Jueves, 14 De Mayo De 2026 | Puebla

OPINIÓN

Las autoridades de Puebla en Palmarito

Las desventajas del diseño vigente del periodo del gobernador. Ausencia de contrapresos

Atilio Peralta Merino

Abogado por la Escuela Libre de Derecho. Premio Nacional de Periodismo “Ricardo Flores Magón” en la categoría de Artículo de Fondo. Compañero editorial de Pedro Ángel Palou; y colaborador cercano de José Ángel Conchello y del constitucionalista Elisur Arteaga Nava.

Sábado, Mayo 13, 2017

El diseño de pesos, contrapesos y equilibrios  de las instituciones del Derecho Público que fuera establecido por los autores del “Federalista” bajo los lineamientos del pensamiento político de Montesquieu, fue del todo inobservado en las reformas llevadas a cabo a la Constitución particular del estado libre y soberano de Puebla, dejando a las autoridades y por ende a la población de la entidad en total estado de indefensión ante una crisis de seguridad nacional de dimensiones mayúsculas como la que ha devenido en el tristemente célebre caso de los grupos dedicados a la extracción clandestina de combustible en la  entidad.

Los plazos de mandato de los gobiernos locales pueden variar siempre y cuando y no supere el de seis años,  ahora bien, por estricta sistemática jurídica dichos plazos deben ser fijos, ya que establecer un caso único de período gubernamental de año y ocho meses, rompió por completo los equilibrios constitucionales de poderes.

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Desequilibrio que por lo demás se verá incrementado si los integrantes de la legislatura local y de los cabildos tienen un plazo de duración de cuatro años ocho meses que excede al del ejecutivo en turno  dejándole maniatado sin contrapeso alguno ante tales instancias.

Por lo demás, la debilidad institucional del ejecutivo local se vería incrementada si las disposiciones legales dejasen establecido que el fiscal general de la entidad fuese designado por el predecesor en el cargo y prolongara su nombramiento en el tiempo más allá del mandato del gobernador de la entidad en cuestión.

El plazo de un año y ocho meses como duración del mandato  de un  gobierno local,  reviste por lo demás el inconveniente  de que el proceso de sucesión  comienza su marcha prácticamente al unísono de que se toma posesión del cargo en claro demérito  del poder político de la entidad.

Hoy, la denominada “zona del triángulo rojo”, vive una amenaza que, en su modus opernadi recuerda en mucho las andanzas del “estado islámico” sin que las autoridades locales puedan hacer absolutamente nada, en tanto que el ejército, fuerza que suplió en un principio la laguna institucional del caso, entra en un total descrédito ante videncias de que sus integrantes habrían perpetrado acciones del todo condenables como lo es la ejecución extra judicial documentada en las acciones del pasado tres de mayo  en el poblado de Palmarito.

 

albertoperalta1963@gmail.com

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