El presidente municipal Leo Paisano y su familia construyen un residencial de lujo en un predio de 10 mil metros cuadrados llamado Santa Teresa, ubicado entre la recta a Cholula y Periférico, sin que cuente con los permisos de construcción ni el estudio de impacto ambiental que aprueba el gobierno del estado.
Este predio, valuado en 70 millones de pesos aproximadamente, ya fue dividido en 30 lotes, en los cuales, las excavadoras y maquinaria pesada se encuentra trabajando noche y día para delimitar las calles, colocar drenaje, instalar los postes de luz, en fin.
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Incluso la tarde de este lunes había un trasporte del ayuntamiento y con personal de la comuna limpiando su terreno y desazolvando.
No obstante, el residencial no cuenta con los permisos correspondientes, tanto del ayuntamiento de San Andrés Cholula ni del gobierno del estado.
Las escrituras del predio de 10 mil 54 metros cuadrados están a nombre de los familiares del alcalde Leoncio Paisano: don Domingo Paisano Torres, don Felipe Paisano Torres y don José Rodolfo Luis Cosme Paisano, aunque ellos mismos comentan en privado y en público que son ‘los prestanombres’ del presidente municipal, y por tanto, son intocables, de tal suerte que los trabajos de edificación del residencial se encuentren tan adelantados sin solicitar ni pagar ninguno de los permisos correspondientes.
Por lo tanto, el alcalde Leoncio Paisano está cometiendo el delito de tráfico de influencias que determina el Código Penal del Estado de Puebla en su artículo 435 que a su letra dice que: “Comete el delito de tráfico de influencia el servidor público que por si o por interpósita persona: I.- Gestione o promueva, aprovechándose de su empleo, cargo o comisión, la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos;
II.- Realice, sin estar autorizado para ello, y aprovechándose del empleo, cargo o comisión que desempeñe, ante la propia dependencia donde presta sus servicios o ante cualquier otra Autoridad, gestione para obtener una resolución favorable a sus intereses o los de un tercero.
La pena por el delito de tráfico de influencias son de dos seis años de prisión, multa del doble de lo obtenido para el caso de lucro, o de diez a cien días de salario, cuando no haya beneficio económico, además de destitución e inhabilitación en su caso, de dos a seis años, para desempeñar otro empleo, cargo o comisión en el servicio público.
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