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Martes, 12 De Mayo De 2026 | Puebla

Medio Ambiente

Cablebús debe apegarse a Programa de Desarrollo Urbano Sustentable: Observatorio

Si un proyecto viola el Programa de Desarrollo Urbano puede ser declarado nulo o enfrentar multas o clausuras, se advirtió

Cablebús debe apegarse a Programa de Desarrollo Urbano Sustentable: Observatorio

Vagón de Cablebús con logo del Observatorio Ciudadano Urbano y Ambiental

Foto: e-consulta

El ordenamiento territorial no es opcional, cualquier intervención en la ciudad sin importar si es impulsada por el municipio, el Estado o la Federación debe apegarse al Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable de Puebla, vigente desde 2016, así lo señaló la directora del Observatorio Ciudadano Urbano y Ambiental, Assenet Lavalle.

De acuerdo con su trayectoria laboral, este instrumento no es una guía flexible, sino una norma con carácter de ley que regula el uso del suelo y su función es evitar que los proyectos se modifiquen sobre la marcha o respondan a decisiones improvisadas.

Un documento con fuerza legal

La perita en Urbanismo señaló que el programa municipal está integrado por tres componentes que se complementan y que son igual de obligatorios.

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El texto del programa que detalla antecedentes del crecimiento de la ciudad, su fundamento legal, los usos de suelo permitidos, los coeficientes de construcción y los criterios para autorizar, condicionar o negar permisos urbanos.

La carta urbana, un mapa que delimita con colores los usos y destinos del suelo en todo el territorio municipal. Y la tabla de compatibilidad, que establece qué actividades pueden coexistir en determinadas zonas y cuáles están prohibidas o sujetas a condiciones.

De acuerdo con Lavalle, estos elementos no pueden ignorarse ni interpretarse, ya que en conjunto constituyen la base jurídica que rige cualquier proyecto público o privado, como el caso del cablebús.

Un proceso largo para evitar cambios

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Modificar o actualizar este programa no es un trámite sencillo, implica un procedimiento que puede extenderse por meses e incluso años.

El proceso es así:

El Cabildo debe instruir formalmente el inicio del proceso, después se realizan estudios técnicos y reuniones de coordinación entre distintas áreas municipales y autoridades estatales y federales, posteriormente se formula un modelo de planeación territorial con distintos escenarios a corto, mediano y largo plazo.

Se deben organizar consultas públicas y luego el documento se envía al gobierno estatal para verificar su congruencia con la planeación territorial del estado.

Regresa al Cabildo para su aprobación, se publica un resumen en el Periódico Oficial y finalmente se inscribe en el Registro Público de la Propiedad.

Las consecuencias de incumplir la norma

Lavalle recordó que tanto la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla, vigente desde diciembre de 2017, como la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en vigor desde noviembre de 2016, contemplan sanciones claras para quienes no sigan los programas de desarrollo urbano.

Si un proyecto, construcción o cambio de uso de suelo viola el programa vigente, puede ser declarado nulo, además de enfrentar multas, clausuras y responsabilidades.

En ciertos casos, incluso se puede obligar a la reparación de los daños y a la restauración del suelo afectado.

Como antecedente Lavalle mencionó el ejemplo del Cártel inmobiliario en la Ciudad de México, donde funcionarios enfrentan procesos judiciales por presuntos actos de corrupción relacionados con autorizaciones indebidas en materia inmobiliaria. (MCJ)

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