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Política
El exalcalde de Tehuacán, Caballero López, también fue librado del mismo delito electoral
Foto / Agencia Enfoque
El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) determinó que la expresidenta municipal Claudia Rivera Vivanco no cometió actos anticipados de precampaña y campaña durante el proceso electoral del 2021, cuando buscaba su reelección.
En sesión pública, los magistrados resolvieron el asunto especial TEEP-AE-055/2022, interpuesto por un ciudadano (dato protegido), en contra de la exalcaldesa de Puebla, a quien también señaló por uso indebido de recursos.
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De acuerdo con el estudio del caso, a cargo del magistrado en funciones Israel Argüello Boy, las pruebas que proporcionó el denunciante no son suficientes para acreditar que se cometió un delito electoral; además, algunas ya habían sido juzgadas con anterioridad por el TEEP.
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Además, Rivera Vivanco se deslindó de la difusión masiva de mensajes de texto a su favor, el cual fue calificado como idóneo por el Pleno.
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“Por la participación de la denunciada en una entrevista transmitida vía Facebook se estima la inexistencia de las infracciones denunciadas, puesto que del contenido no se advierten llamados al voto”, señaló el secretario de estudio y cuenta, Enrique Coyotzi Gómez.
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En la misma sesión sobre el caso de Claudia Rivera se resolvió el asunto TEEP-AE-014/2022, promovido por un ciudadano en contra de Andrés Artemio Caballero López, exalcalde de Tehuacán, por presuntos actos anticipados de campaña; sin embargo, se declaró la inexistencia de los actos denunciados.