Jueves, 21 De Mayo De 2026 | Puebla

Universidades

BUAP debe argumentar por qué reserva información sobre dictaminadores: CAIP

En respuesta a un ciudadano se omitieron los nombres de académicos que fueron dictaminadores de proyectos de investigación durante el periodo 2013-2016, por considerarlos reservados

La Comisión para el Acceso a la Información Pública y Datos Personales (CAIP) revocó la clasificación de información que la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP) hizo de los nombres de los académicos que fueron elegidos como dictaminadores de los proyectos de investigación durante el periodo 2013-2016 y la dictaminación respectiva por cada uno.

Norma Estela Pimentel en sesión extraordinaria conminó a las autoridades de la BUAP así como a su Comité de Transparencia a que revise la clasificación de la información que denominó como reservada, pues la resolución se hizo sin fundamento ni motivación, de acuerdo a la Ley General de Transparencia de Acceso a la Información Pública.

De acuerdo al recurso de revisión expuesto al pleno, aunque la BUAP respondió a un ciudadano los resultados de los proyectos de investigación financiados por la Vicerrectoría de Investigación y Estudios de Posgrado periodo de 2013-2016, omitió los nombres de los académicos que fungieron como dictaminadores de los proyectos de investigación durante el periodo solicitado, así como el resultado de la dictaminación, por considerarla reservada.

La BUAP explicó que las “dictaminaciones” contenían opiniones, recomendaciones o puntos de vista que forman parte del proceso deliberativo de los académicos y consideró que hasta en tanto no sea adoptada la decisión definitiva, se reservan, pues a la fecha no han sido concluidas.

“La BUAP en ningún momento especificó qué información es la que se encuentra en proceso deliberativo y qué información ya tiene una decisión definitiva, de manera que la BUAP no puede clasificar una información que aún no se ha generado, motivo por el cual es evidente que no es susceptible de clasificación por lo que respecta al año 2016”, argumentó Pimentel.

Por lo anterior recomendó que se reconsidere la reserva, se argumente la prueba de daño y se expongan las razones sólo de acuerdo a los Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación de la Información y que se contemple la elaboración de versiones públicas al respecto.