En septiembre de 2024 Darinel Keller Ceballos y un amplio grupo de habitantes de Santo Tomás Chautla promovieron un amparo contra el relleno sanitario de Chiltepeque solicitando su clausura por diversas irregularidades detectadas, un juez federal determinó que no procedía la clausura argumentando que el relleno cumplía con las normas oficiales mexicanas y los documentos de este estaban en regla.
La investigación que Keller ha desarrollado durante más de dos años documenta lo que las autoridades se niegan a ver: el relleno sanitario de Chiltepeque cumple con una “legalidad” en papel que no corresponde con lo que realmente sucede en el lugar.
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Un manifiesto lleno de omisiones y contradicciones
En agosto de 2024 Keller obtuvo del Ayuntamiento de Puebla el Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) del relleno, catalogado como de "modalidad particular". Según el artículo 11 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, el Relleno Sanitario de Chiltepeque debió contar desde 1995 con un manifiesto de "modalidad regional" porque altera cuencas hidrológicas.
Esa es la primera de varias inconsistencias, el manifiesto en una sección afirma que el proyecto "no modificará patrones hidrológicos", pero en otra reconoce que el relleno "es parte de la subcuenca hidrológica que aporta al arroyo 'Sin nombre'". Si un proyecto está ubicado dentro de una subcuenca entonces necesariamente modifica cómo fluye esa agua.
Además, omite la existencia de tres jagüeyes ubicados entre 345 metros y un kilómetro del relleno, Keller los documentó con coordenadas GPS, fotografías aéreas y análisis de laboratorio, los pastores de Santo Tomás Chautla llevan su ganado a beber a estos jagüeyes y ninguno aparece en el estudio. En mayo de 2025 el Laboratorio de Análisis de Calidad del Agua y Medio Ambiente encontró metales pesados potencialmente cancerígenos en por lo menos unos de los jagüeyes, cuya única fuente posible cercana es el relleno sanitario.
Expansión ilegal y residuos peligrosos
El contrato de concesión original de 1995 autorizaba recibir residuos únicamente del municipio de Puebla, sin embargo, el 21 de marzo de 2024, tras la clausura del basurero de Cholula por resistencia del pueblo, el relleno sanitario de Chiltepeque comenzó a recibir residuos de ocho municipios sin autorización legal. Actualmente recibe 1,700 toneladas diarias que se suman a los más de 11 millones de toneladas acumuladas durante treinta años. En este tiempo el relleno ha crecido siete veces su tamaño original autorizado, esto sin que exista modificación alguna al título de concesión.
Keller también documentó la presencia de residuos biológico-infecciosos dentro del relleno, material que por normativa federal no puede depositarse en rellenos sanitarios municipales. Por otra parte, el relleno colinda directamente con tierras de cultivo y pastoreo para consumo humano sin ninguna barrera física que los separe.
Violaciones constitucionales y aquiescencia del Estado
El Relleno Sanitario de Chiltepeque lleva treinta años operando en los territorios de Santo Tomás Chautla y San Francisco Totimehuacán, nombres que en náhuatl significan "lugar de donde emana el agua" y "lugar donde abundan las aves", esta única consideración lingüística debería bastar para que las autoridades cuestionaran la viabilidad del mismo en este lugar.
Durante tres décadas el Estado mexicano ha conocido y consentido que se contamine agua con metales pesados cancerígenos donde bebe el ganado para consumo humano, que no existan barreras entre residuos tóxicos y tierras de cultivo, que lixiviados recorran 15.2 kilómetros hasta un humedal de importancia internacional (Presa de Valsequillo), que el relleno crezca siete veces su tamaño sin autorización, que reciba residuos de ocho municipios cuando sólo está autorizado para uno, que almacene residuos biológico-infecciosos prohibidos.
Está documentado a través de testimonios y entrevistas con personal sanitario, que existe una mayor prevalencia de alergias en niños de Santo Tomás Chautla comparados con otras zonas conurbadas a la ciudad de Puebla, el ganado bebe agua contaminada que luego entra a la cadena alimentaria, los cultivos que se riegan con esta agua llegan a los mercados y no sólo de esta zona, esto debido a que mucha del agua de la Presa de Valsequillo se utiliza para este fin.
Durante treinta años la población de estas comunidades ha estado expuesta a contaminantes altamente peligrosos sin que ninguna autoridad haya documentado los efectos en la salud de la población de manera sistemática y pública. El Estado conoce la situación por lo menos desde el amparo de septiembre 2024, SEMARNAT, PROFEPA y los gobiernos estatal y municipal se han conformado únicamente en revisar la operación del relleno en papel, sin observar lo que realmente sucede en el terreno, con estas omisiones están siendo cómplices del envenenamiento sistemático de comunidades enteras.
Esta aquiescencia configura graves violaciones a derechos humanos. La Constitución garantiza el derecho a un medio ambiente sano y reconoce los derechos de pueblos originarios a preservar su cultura y conservar su hábitat. México ratificó tratados internacionales que obligan a consultar a las comunidades originarias sobre proyectos que afecten sus tierras y a conservar humedales de importancia internacional.
El relleno contamina las aguas que dieron nombre ancestral al territorio sobre el que se impuso el relleno sanitario sin que existiera una consulta efectiva y vierte lixiviados en la Presa de Valsequillo, decretada humedal de importancia internacional por organismos internacionales en el 2012.
El Código Penal Federal tipifica como delitos ambientales lo que sucede en esta zona, pero la documentación de Keller plantea algo más grave. En 2024 Vanuatu, Fiji y Samoa presentaron propuesta formal ante la Corte Penal Internacional para incluir el ecocidio como quinto crimen de lesa humanidad, definido como actos que causen "daño grave, extenso y duradero al medio ambiente".
El relleno sanitario de Chiltepeque cumple estos tres criterios y la aquiescencia del Estado mexicano durante treinta años configura responsabilidad por violaciones graves a derechos humanos en el contexto de lo que podría constituir un crimen ambiental de escala regional.
Cumplimiento en papel, catástrofe en el terreno
Durante el amparo todas las autoridades notificadas permitieron que RESA subsanara observaciones superficiales con un criterio idéntico: si existe dictamen firmado por una unidad de verificación entonces lo que sucede en el terreno no importa. El cumplimiento normativo en papel ha coexistido con una catástrofe ambiental documentada durante tres décadas.
Keller y el colectivo "Yo seré su voz por los animales y el medio ambiente", así como un amplio número de pobladores de la región solicitan la clausura total, inmediata y definitiva, no "medidas de urgente aplicación". Estas últimas son ajustes para que el relleno funcione mejor; la clausura es cerrar el relleno porque no puede funcionar sin causar daño ni envenenar el agua de los subsuelos de la región.
El permanente daño al medio ambiente y la salud pública desde hace tres décadas plantea interrogantes sobre los mecanismos que han permitido tal nivel de tolerancia institucional. RESA maneja la disposición final de los residuos de ocho municipios; 1,700 toneladas diarias representan un flujo económico enorme.
El poder económico que concentra una empresa con concesión exclusiva para el manejo de residuos de una zona metropolitana podría ayudar a entender por qué jueces y autoridades han sido sistemáticamente omisos ante irregularidades tan evidentes y documentadas. No es necesario probar actos de corrupción específicos para reconocer que existe una desproporción entre el poder económico de la concesionaria y la vulnerabilidad de comunidades indígenas cuyos territorios han sido convertidos en vertedero sin su consentimiento.
Continuará…