En el marco de la conmemoración de setenta años del voto de la mujer, se sigue en la lucha por los derechos de todas y por lograr la igualdad sustantiva.
Y es que la igualdad formal en materia electoral es una realidad desde el 17 de octubre de 1953, cuando el entonces presidente de México, Adolfo Ruiz Cortines, promulgó la reforma al primer párrafo del artículo 34 de la Constitución Federal, en el que adiciona el término “las mujeres”, ya que anteriormente sólo consideraba como ciudadanos a los hombres.
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Con esta reforma se nos reconoció plenamente la ciudadanía y, por ende, el poder votar y ser votadas para puestos de elección popular. Sin embargo, fue en la elección federal de diputaciones efectuada el 3 de julio de 1955 que las mujeres ejercieron por primera vez su derecho al voto a nivel nacional .
Por ello, este año llegamos a setenta años del derecho al voto de las mujeres en México con dos mujeres como posibles finalistas a la sucesión presidencial, lo cual, a simple vista parece un gran logro del movimiento feminista, de las mujeres y de la paridad, pero que, en mi opinión, ambas son imposiciones de la cúpula patriarcal que siempre ha dominado. Esta imposición nos aleja aún más del ejercicio del poder con libertad, de tener una agenda progresista, proderecho y proequidad; aún seguimos teniendo grandes desafíos en cuanto a la participación política de las mujeres, temas tan relevantes como la violencia política de género y la cultura de la misoginia, siguen siendo grandes barrera para las mujeres interesadas en hacer política en este país.
Igualdad formal es la que se tiene desde hace setenta años, la que se logra mediante la aprobación de leyes y políticas neutrales en cuanto al género que, a primera vista, traten por igual a mujeres y hombres. Sin embargo, el enfoque jurídico o programático puramente formal no es suficiente para lograr la igualdad de facto (de hecho). La igualdad sustantiva puede lograrse si se examina la aplicación y los efectos de las leyes y políticas, si se vela porque éstas garanticen una igualdad de hecho, que tenga en cuenta las desventajas o exclusión de las mujeres.
Es decir, no es suficiente garantizar un trato idéntico en leyes y política, incluso, en ciertas circunstancias es necesario que haya un trato más favorable hacia las mujeres para equilibrar su situación frente a los hombres y las brechas de desigualdad históricas. También deben tenerse en cuenta las diferencias biológicas que hay entre mujeres y hombres, así como las diferencias creadas social y culturalmente.
Para conseguir una igualdad sustantiva se requiere una estrategia eficaz encaminada a corregir la manera de ejercer el poder de las mujeres en la esfera política y de toma de decisiones; se necesita una redistribución de recursos, tareas y un cambio cultural y sistemático.
Por ello, les dejo esta pregunta para reflexionar: ¿la ciudadanía estará preparada para ser gobernada por una mujer?