Me presento: soy abogado. La vida me llevó sin pedirlo a lo que hoy es una de las principales ramas del derecho: el derecho ambiental. He tenido la fortuna de colaborar en dependencias como la Procuraduría Federal del Protección al Ambiente y el Ayuntamiento de Puebla en el área respectiva. Con el fin de contar con un posgrado enfocado en esta rama de la ciencia jurídica, se abrió en la IBERO Puebla el entonces llamado Doctorado en Desarrollo, Medio Ambiente y Territorio. De esta forma hemos estado “metidos”, por así decirlo, ya casi dos décadas en el tema de protección a la naturaleza.
A través de este espacio compartiremos temas coyunturales que a todas y todos nos incumben y que, por desgracia, nos irán afectando cada día más y más y nadie va a estar a salvo de ello. Quizá para algunas personas soy muy catastrófico; en verdad, ojalá tengan razón, por el bien de nuestras hijas e hijos y futuras generaciones, y en general por el planeta y todas las especies que habitamos en él.
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Hoy queremos hablar un poco del agua. Hemos visto cómo, en los últimos meses, nuestro país atraviesa una sequía. Las imágenes de un catamarán en medio de una polvareda en una de las presas que abastecía del vital líquido a la ciudad y zona metropolitana de Monterrey han dejado a la población atónita. La presa de Valsequillo, por su lado, de igual forma ha impactado por sus bajos niveles; en algunos lugares se puede literalmente caminar por el fondo. Y así, por desgracia, hay lugares en todo el país que tienen una historia referente a la escasez de agua.
Todas las personas tenemos de conformidad con el artículo cuarto constitucional el derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico. En otras palabras, todas y todos tenemos el derecho humano de que el líquido vital llegue a nuestros hogares. Ahora bien, ¿quién o quiénes son los responsables de proporcionarlo? La respuesta la encontramos en el artículo 115 constitucional: los ayuntamientos son los responsables y obligados de suministrarnos el agua.
El artículo cuarto constitucional no únicamente reconoce el acceso al agua como un derecho humano, sino también nos proporciona cuatro de sus características: debe ser saludable, accesible, asequible y suficiente.
El día de hoy vamos a hablar de un tema relacionado con la sequía vinculado a dos de las características del derecho humano al agua: suficiente y asequible. Antes de continuar hay que explicar algo: estas características reconocidas por nuestra Constitución provienen y son explicadas en la Observación 15 del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Sin desviarnos del tema o quizá un poco, expliquemos ¿qué es eso? Un pacto es un tratado internacional que es realizado por una serie de juristas especializados y que se pone a consideración de la comunidad internacional para que, quienes así lo deseen, lo firmen y, de conformidad con sus leyes internas, su Constitución, se vuelva obligatorio en su territorio. México firmó el tratado y para volverse obligatorio debe ser ratificado por el Senado de la República; una vez ratificado se publica en el Diario Oficial de la Federación, y listo, las autoridades lo deben acatar y la ciudadanía utilizar como medio de defensa frente al gobierno (1)
Las autoridades municipales deben velar por dotarnos de agua en nuestros hogares, pero surge la pregunta: ¿cuánta agua nos deben proporcionar? Esta pregunta ya fue respondida por los tribunales federales al interpretar precisamente el artículo cuarto constitucional relacionado con la Observación 15 del Pacto. La respuesta son 50 litros por persona cada día. Es decir, si tenemos una familia con cuatro personas, la autoridad municipal o alguna empresa que se le haya concesionado el servicio forzosamente nos debe dar dicha cantidad.
La otra característica es lo asequible. También los tribunales han interpretado lo que se tiene que entender por ello, y es que debe de estar al alcance de todas y todos en forma física, sin discriminación y en condiciones de igualdad.
En términos de la sequía que estamos viviendo y por los pronósticos de los especialistas, iremos viviéndola de manera más frecuente e insólita. Cada uno de los municipios debió e debe comenzar a implementar políticas públicas para enfrentar esta realidad. En caso de una mala o nula planeación se estaría violentando el derecho humano al agua en su característica suficiente y asequible. Claro, esto se oye muy simple, pero lo que está pasando hoy en día no es nuevo: se sabía que el futuro iba a llevar y ya está aquí.
A nadie se le puede exigir lo imposible. Si no hay agua en los ríos, mantos freáticos y presas no podríamos reclamar a nadie ni la suficiencia ni lo asequible del líquido vital. De ahí la importancia de planear para el futuro cercano.
Como sociedad, debemos pensar junto con el gobierno en distintas soluciones a esta gran crisis climática. El agua es indispensable para la vida. MILITA EST VITA.
(1) De repente en nuestros escritos vamos a ir explicando algunas cosas. Nos interesa en demasía la alfabetización jurídica, un pueblo con mayor cultura en el Derecho, será un pueblo que conozca y sepa luchar por sus derechos.
#ConstruyendoCiudadanía
El autor es coordinador de los Posgrados en Derecho de la Universidad Iberoamericana Puebla.
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