Uno de los derechos fundamentales de todo ser humano es el contar con una vivienda que dignifique su existencia a través de espacios y condiciones de seguridad y habitabilidad, con lo que el desarrollo de los integrantes de una familia pueda convertirse en un potenciador de sus capacidades.
En México, los programas de vivienda llevados a cabo en las últimas décadas intentan generar las condiciones mínimas necesarias para que lo anterior sea una realidad; no obstante, los estudios recientes de ONU Hábitat en Latinoamérica reflejan que en gran parte de los casos de los países de la región, las consideraciones para una edificación propicia para la convivencia son ignoradas o mal ejecutadas.
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En la sesión del Congreso del Estado de esta semana, se aprobó la reforma a la Ley de Vivienda para el Estado de Puebla, en sus artículos 3, 4 y 7, con la finalidad de detectar esas carencias en los requerimientos para edificar casas adecuadas, así como para estimular un cambio en la visión de la sociedad respecto a lo que significa vivir dignamente dentro del núcleo familiar en los hogares.
De esta manera, una vivienda digna y decorosa debe cumplir con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos, construcción, habitabilidad, salubridad; debe contar con espacios habitables y auxiliares, así como con los servicios básicos.
Del mismo modo, tiene que brindar a sus ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión y contemplar criterios de calidad en sus materiales y en su construcción para la prevención de desastres, así como protección física y seguridad de sus dueños ante los elementos naturales potencialmente agresivos.
Asimismo, las viviendas deberán contar con espacios habitables donde se desarrollen actividades de reunión o descanso que cuenten con las dimensiones mínimas de superficie, altura, ventilación e iluminación natural, además de tener como mínimo con un baño, cocina, estancia-comedor y dos recámaras, de conformidad con las características y condiciones mínimas necesarias que establezcan las leyes y las normas oficiales mexicanas.
Además, se considera indispensable que las construcciones incluyan espacios auxiliares como el lugar de la vivienda donde se desarrollen actividades de trabajo, higiene y circulación, lo cual equivale al área de usos múltiples referida en las características básicas de la vivienda del Programa Nacional de la Vivienda.
Será así como el estado y los municipios tendrán la obligación de fomentar la calidad de la vivienda de los poblanos, al tiempo de orientar los criterios mínimos de los espacios habitables y auxiliares.