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Miércoles, 13 De Mayo De 2026 | Puebla

OPINIÓN

La Verdad Jurídica

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Norma Estela Pimentel

Abogada certificada por la Barra Mexicana de Abogados. Autora del e-book “Marco jurídico de las comunicaciones”. Speaker Tedx BUAP Wowen 2019. Impartió seminarios y diplomados con perspectiva de género

Lunes, Febrero 1, 2016

El razonamiento jurídico y todo tipo de argumento, es un producto mental del ser humano y no son absolutos, el alcance de la verdad en el mundo del derecho se desprende del uso de los principios, de los axiomas y de las reglas lógicas con cuyo uso los abogados pretenden encontrar la verdad racional, y esta consiste en la búsqueda del conocimiento real mediante la probación física de la realidad en la etapa del pensamiento que constituyen las experiencias.

Esta construcción comprende una posición, “una herramienta poderosa para el análisis de mucho de lo que ha desconcertado tanto al jurista como al teórico de la política” y al propio Ciudadano, ¿qué es primero, la Ley o los hechos?, unos autores señalan: El origen es la Ley,  pues “toda decisión que corresponda al marco establecido por la norma es conforme a derecho”, es decir, por haber sido creados por los órganos competentes y de acuerdo al procedimiento adquieren por si mismos el carácter de verdad legal sin posibilidad de ser cuestionados. Por otro lado, hay autores que sostienen que los hechos adoptan una posición realista frente al Derecho, superando el formalismo kelseniano, permitiendo al Ciudadano y al jurista, esclarecer la verdad dentro de un litigio, con base en todos los medios posibles para el conocimiento de los hechos.

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Nuestra Carta Magna establece en su artículo 1º una interpretación pro persona que no deriva necesariamente en que los argumentos planteados por los Ciudadanos deban resolverse conforme a sus pretensiones, sino en un criterio de selección de la norma de derecho fundamental aplicable, mediante el cual Ciudadanos, Abogados y Autoridades, deben ejercer sus respectivos derechos, atribuciones y funciones, con la intención de esclarecer la verdad de los hechos litigiosos, no de una manera caprichosa, sino de acuerdo con todos los medios posibles, buscando de manera objetiva y racional, una esclarecimiento de los hechos controvertidos y adoptando una apreciación con sustento en las reglas de derecho aplicables, que se traduce en administrar una justicia efectiva para los Ciudadanos de conformidad con las pruebas aportadas por la realidad para que sea solido ante la apreciación de un Juez.

La verdad jurídica tiene como punto de partida la conducta humana, misma que puede quedar comprendida o fuera del alcance de la Constitución y las Leyes vigentes, evidenciando el largo proceso de actualización del derecho para considerar incluidas las conductas en el orden jurídico vigente. Ejemplos como los ocurridos en la evolución de las regulaciones en materia de telecomunicaciones, contratos energéticos y financieros han demostrado que pese a existir cambios en la regulación, su armonización con la “realidad” parecen aún distantes. Deber de las instituciones es analizar el bien público, la seguridad y equidad de los derechos ciudadanos, para generar una armonía entre ellos, que se traduzca en la formación de personas e instituciones libres, autónomas, reflexivas, para poder consolidar una comunidad madura y participativa con cohesión social, prosperidad y bienestar.

Es un placer saludarles y continuar promoviendo la cultura de la Legalidad y la Transparencia. Estaremos dando seguimiento a las dudas que gentilmente nos expresan de estos y otros temas. Como siempre agradezco, con mucho respeto sus comentarios y sugerencias en: normapimentel@hotmail.com.

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