Jueves, 21 De Mayo De 2026 | Puebla

Sociedad

¿Falleció un familiar con Afore? Así puedes recuperar sus recursos

Los beneficiarios designados pueden reclamar el dinero de la Afore con los documentos adecuados

¿Falleció un familiar con Afore? Así puedes recuperar sus recursos

Foto: CANVA

Cuando un trabajador afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) fallece, los recursos acumulados en su cuenta Afore no se pierden; ya que estos pueden ser heredados y reclamados por las personas designadas como beneficiarias.

Las personas designadas pueden recuperar los recursos ya sea por la vía legal o por designación expresa del titular en vida, según lo establece la Ley del Seguro Social y su reforma vigente desde 2021.

Existen dos tipos de beneficiarios que pueden disponer del ahorro acumulado, los legales y los designados.

Te puede interesar:

¿Ley 73 del IMSS desaparecerá?, esto es lo que debes saber

Los beneficiarios legales incluyen a la viuda o viudo, hijos menores de 16 años (o mayores si estudian o tienen alguna discapacidad), concubina o concubinario, y los padres si dependían económicamente del fallecido.

Por otro lado, si el trabajador designó beneficiarios directamente en su Afore, estos tendrán derecho a recibir los fondos no destinados a pensión, como el ahorro voluntario, en los porcentajes previamente estipulados.

¿Cómo recuperar los recursos del Afore del familiar fallecido?

Para iniciar el trámite, el beneficiario legal debe acudir primero a la subdelegación del IMSS más cercana y solicitar una Resolución de Pensión.

Con este documento y papeles como identificación oficial, acta de defunción del titular, acta de nacimiento o matrimonio para acreditar parentesco y la resolución del IMSS; deberá presentarse en la Afore correspondiente, llenar el formato de disposición de recursos y esperar la validación del expediente.

En caso de ser beneficiario designado, el proceso es más directo, pues basta con presentar el formato de designación previamente registrado en la Afore, junto con los documentos oficiales que confirmen su identidad y el fallecimiento del titular. Este trámite puede hacerse desde la aplicación AforeMóvil o el portal AforeWeb, donde también se pueden consultar o modificar los datos de los beneficiarios en cualquier momento.

Los recursos que se pueden reclamar incluyen distintos fondos, dependiendo del régimen de pensión. Para quienes cotizaban bajo la Ley del Seguro Social de 1973, se entrega el Retiro 97, Vivienda 97, SAR 92 y Vivienda 92.

Mientras que en el caso de la Ley de 1997, solo aplica el SAR 92 y Vivienda 92. Si no existe derecho a una pensión, la totalidad de los recursos puede ser entregada en una sola exhibición.

El plazo para reclamar estos fondos es de diez años a partir del fallecimiento del titular. Si no se realiza el trámite en ese lapso, los recursos y sus rendimientos pasan al IMSS.

Para más información, los interesados pueden acudir directamente a su Afore, consultar el portal del IMSS o solicitar orientación gratuita en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), al correo: orientacionprofedet@stps.gob.mx. (JH)

TAGS