Nación
Tribunal anula multas por coros homofóbicos de aficionados mexicanos
El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ordenó que las multas se cambien por advertencias
Un tribunal anuló las multas que la FIFA le impuso a la Federación Mexicana de Fútbol (FMF).
El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ordenó que las multas se cambien por advertencias.
La FIFA multó con 20 mil y 15 mil francos suizos a la Federación Mexicana de Fútbol (FMF) porque consideró que los aficionados mexicanos tuvieron una actitud inapropiada el 13 de noviembre de 2015 en el juego contra El Salvador y el 29 de marzo de 2016, en el juego contra Canadá.
Durante los partidos los aficionados mexicanos corearon Ehhh,Puto, y las autoridades de la FIFA calificaron el grito como discriminatorio.
“El Tribunal de Arbitraje Deportivo ha llegado a la conclusión de que la intención de los seguidores mexicanos no era ofender o discriminar a una persona en concreto”.
“Sin embargo, incluso si esas expresiones y palabras no fueron utilizadas con la intención de discriminar u ofender a alguno de los jugadores a las que estaban dirigidas, las mismas pueden ser consideradas discriminatorias u ofensivas por su propia naturaleza y, por lo tanto, no deben ser toleradas en los estadios de fútbol”.
“En consecuencia, y teniendo en cuenta que la descripción de la conducta prohibida prevista en el Código Disciplinario de la FIFA(CDF) únicamente requiere el uso de 'palabras ofensivas', siendo irrelevante la intención de los que ofenden y si las personas a las que se dirigen los cánticos se sienten ofendidas o no, el TAS determina que el cántico gritado por los seguidores mexicanos debe ser considerado como 'conducta impropia' de los espectadores, conforme al artículo 67 del CDF y, por lo tanto, la FMF es considerada responsable de esta conducta”.
Indicó que la FMF creyó al principio que el coro no era ofensivo, pero que la comisión disciplinaria disipo las dudas.
“En el momento de los hechos, una serie de circunstancias, así como también precedentes de la FIFA, hicieron creer a la FMF que el cántico no infringe el CDF y que las inquietudes que la FMF pudiese haber tenido respecto al contenido del mismo fueron previamente disipadas por la Comisión Disciplinaria de la FIFA”.
“En consecuencia, debido a su erróneo pero legítimo entendimiento, la FMF no tuvo la oportunidad de emprender acciones o tomar medidas que pudieran prever, mitigar o detener el cántico, especialmente cuando éste no generó riesgo alguno en el estadio”.
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