Jueves, 21 De Mayo De 2026 | Puebla

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Magistrados precisan que Congreso no le dio Pensión Vitalicia

El haber de retiro está previsto ante la disposición legal que les prohíbe desempeñar su profesión 2 años

Magistrados precisan que Congreso no le dio Pensión Vitalicia

Los magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aclararon que el Congreso de la Unión no determinó una pensión vitalicia sino un haber de retiro.

Aseguran que es incorrecta la interpretación que se ha difundido sobre el tema del haber de retiro, establecido en el artículo 209, fracción XXXI de la Ley Orgánica.

De acuerdo con los magistrados, dicha garantía está prevista en el artículo 94, párrafo décimo segundo de la Constitución, y se debe ajustar a lo que exige el artículo 134 constitucional bajo los principios de racionalidad, transparencia y honradez.

El haber de retiro está previsto ante la disposición legal que prohíbe a los ex integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, desempeñar cualquier actividad relacionada con su profesión en un periodo de dos años.

No se trata de una pensión vitalicia, tampoco de un bono.

En este contexto, señalaron los magistrados renunciaron en el 2006 al Fideicomiso integrado para el retiro, el cual posteriormente, la Comisión de Administración autorizó su extinción y liquidación, reintegrando a la Tesorería de la Federación el importe existente al momento de la devolución del mismo.

Destacaron que los miembros del Tribunal Electoral no negociaron el ejercicio de su función jurisdiccional y rechazan de manera categórica cualquier acusación de este tipo. Subrayaron que son respetuosos de la deliberación pluripartidista representada en el Congreso de la Unión.

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