Te puede interesar:
Defienden Nueva Alianza y PAN entrada de partidos en juntas auxil...
Política
Las anteriores no cumplían con el periodo de 90 días requeridos para una reforma electoral
En un comunicado, el Comité Directivo Estatal del PRI de Puebla expresó su satisfacción por la resolución del TEPJF que dejó fuera a los partidos políticos de las contiendas en las juntas auxiliares de Puebla y Cuatlancingo.
“El día viernes 11 de abril, la Cuarta Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con sede el Distrito Federal, determinó dar la razón y declarar fundados los agravios de los ciudadanos de los municipios de Puebla y Cuautlancingo que solicitaron al PRI apoyo para inconformarse con la convocatoria para elegir las Juntas Auxiliares en dichos municipios”, indica el documento.
“Hace una semana, aquí frente a ustedes fuimos muy claros y dijimos que estábamos decididos a enfrentar una ilegalidad más”.
Indicaron que el máximo tribunal electoral les dio la razón y la cuarta sala regional emitió en su sentencia que las Convocatorias de Puebla y Cuautlancingo son inconstitucionales, “debido a que no respetaron el plazo establecido por el artículo 105 de la Constitución General de la República, pues no se cumple con el periodo de 90 días requeridos para que una reforma de tipo electoral sea aplicable a un proceso”.
Te puede interesar:
Defienden Nueva Alianza y PAN entrada de partidos en juntas auxil...
Además, según el TEPJF las convocatorias incumplen con el artículo 4 de la Constitución del Estado de Puebla, que exige, que los partidos políticos solamente participen en elecciones de gobernador, diputados y miembros de ayuntamientos, esto en armonía con la propia Constitución Federal, en sus artículos 41 y 116 Fracción IV.
De acuerdo con el documento del CDE, la Cuarta Sala realizó un análisis profundo, pues señaló que permitir la participación de partidos políticos en la contienda de Juntas Auxiliares resulta violatorio al principio de equidad, ya que le otorga un posición de ventaja a quien o quienes son postulados por un partido político en contra a los que lo son en forma independiente.
Los magistrados explicaron que los partidos tienen acceso a financiamiento público y los independientes no lo tienen, lo que los deja en clara desventaja y por ende en franca violación a sus derechos políticos.
Es por eso, que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó reponer por completo el procedimiento, incluidos los registros ya realizados.
Te puede interesar:
Por orden del TEPJF, sacan a partidos de convocatoria en juntas a...
El órgano de justicia electoral advirtió que el periodo de registro deberá ser lo suficientemente amplio para permitir a los participantes cumplir en tiempo.
En tanto, el PRI añadió que en el artículo 99 de la Constitución es muy claro al establecer que las determinaciones del TEPJF son definitivas e inatacables. Esto quiere decir que no pueden promover juicio de revisión constitucional.
Puebla y Cuautlancingo emitieron sus convocatorias nuevamente y el PRI exhortó a estos ayuntamientos a que los registros se hagan conforme a la ley.
Subrayó que en Cuatlancingo a los aspirantes que promovieron juicio de controversia se les exigió firmar un desistimiento como condicionante para recibirles su documentación como candidatos independientes. Además, en Libres se negaron a entregar acuses de recibo
En el documento, el PRI denuncia que en Atlixco les exigieron firmar un documento donde aceptarían todos los términos de la convocatoria avalando el procedimiento ilegal.