Jueves, 21 De Mayo De 2026 | Puebla

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Desecha TEPJF último recurso de inconformidad PRI-PVEM contra Antonio Gali

La queja de la coalición 5 de Mayo cuestionaba la residencia en la capital poblana del ahora alcalde electo

Desecha TEPJF último recurso de inconformidad PRI-PVEM  contra Antonio Gali

FotoAgencia Enfoque (Archivo)

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) desechó el último recurso de inconformidad presentado por la coalición “5 de Mayo” (PRI-PVEM) en contra de José Antonio Gali Fayad como candidato electo a la presidencia municipal de Puebla, mismo que cuestionaba la residencia en la capital poblana del ahora alcalde electo.

Por unanimidad de votos, los magistrados del Tribunal consideraron inoperante el agravio expuesto por el PRI y el PVEM que ponía en duda la residencia de Gali Fayad —ex candidato de la coalición “Puebla Unida”— en la Angelópolis, debido a que no presentaron pruebas que comprobaran ese supuesto.

“Se considera inoperante el agravio relativo a la ilegibilidad del candidato electo (Gali Fayad)… pues la autora (coalición “5 de Mayo”) no acreditó con elementos de prueba que el candidato electo reside en otro municipio”, apuntaron los magistrados durante la sesión pública celebrada este jueves.

El proyecto SDF-JRC-117/2013, elaborado por el magistrado Armando I. Maitret Hernández, explica que el bloque conformado por el PRI y el PVEM acusó que el certificado que acreditaba la residencia de Gali en el municipio de Puebla, mismo que fue expedido por la Secretaría General del ayuntamiento capitalino, carecía de veracidad, ya que su credencial de elector está radicada en San Andrés Cholula.

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Sin embargo, la coalición inconforme no objetó el contenido del mencionado certificado, tampoco alegó que el documento era inadecuado y no acreditó prueba alguna que mostrara que el candidato electo tenía su residencia en otro municipio, desde que Gali se registró como candidato a la alcadía, sino que lo hizo hasta después de su victoria electoral.

Sobre la presunta nulidad de la elección de Gali como alcalde electo, que el PRI y el PVEM alegaron ante el Tribunal Electoral del Estado (TEE), el Tepjf refirió que es infundada debido a que la autoridad responsable sí analizó de manera integral esa acusación.

Asimismo, el organismo federal refiere que los agravios son inoperantes porque la coalición “5 de Mayo” no refutó la sentencia impugnada, lo que derivó en que el TEE no actualizara tal situación, sino que concluyó que no hubo elementos de prueba que acreditaran esa violación.