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OPINIÓN

Amicus curiae y pluralismo jurídico en la SCJN

La figura del amicus curiae debe garantizarse como un derecho procesal colectivo en la SCJN

Gerardo López Ramírez

Abogado especialista en litigio estratégico y defensa de derechos humanos y territoriales. Ha brindado acompañamiento jurídico a comunidades campesinas e indígenas, y asesorado a autoridades gubernamentales en la gestión de proyectos productivos y reformas sociales.

Jueves, Septiembre 25, 2025

En el contexto de la nueva visión de la impartición de justicia del Poder Judicial de la Federación (PJF) así como de la visión desde el pluralismo jurídico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la figura del amicus curiae podría ser el fortalecimiento democrático de las deliberaciones institucionales del pleno de dicha institución.

En la antigua Roma el amicus curiae lejos de ser un tecnicismo procesal permitía que un tercero pudiera fortalecer con argumentos el criterio del juzgador, datos o reflexiones. Es, en esencia, una intervención cívica en el debate judicial. Una forma de abrir las puertas del Poder Judicial a voces expertas, sociales, científicas o afectadas que no encuentran cauce en los procedimientos ordinarios

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Su uso se ha expandido con vigor en los sistemas judiciales contemporáneos, particularmente en el ámbito de los derechos humanos. En tribunales constitucionales y cortes internacionales, la figura del amicus curiae ha sido crucial para dotar de perspectiva social, técnica o comparada a decisiones de gran impacto, relacionándolas con el trabajo de organizaciones de la sociedad civil.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, por ejemplo, ha construido parte de su jurisprudencia más progresista gracias a la participación de universidades, organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales que han comparecido como amicus, como el caso "Campo Algodonero" vs. México donde los aportes de universidades, expertos y organizaciones de la sociedad civil enriquecieron sustancialmente el fallo sobre violencia de género y permitieron incorporar estándares internacionales que hoy guían a toda la región.

Fortalecer esta figura implicaría una escucha directa hacia la sociedad y no solo a las élites jurisdiccionales o a los grandes consorcios de juristas, debemos asegurar que el amicus curiae no sea una concesión discrecional, sino un derecho procesal colectivo.

Su fortalecimiento no solo enriquecería las sentencias con evidencia multidisciplinaria, sino que permitiría que las comunidades, los pueblos originarios, las mujeres, las víctimas y los sectores históricamente excluidos puedan reivindicar su voz en las decisiones que afectan sus vidas.

 

 

 

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