Estimada y estimado lector, a veces la cotidianeidad no nos permite ver de las libertades y privilegios que gozamos justo por que alguien más alzó la voz hace tiempo para que el día de hoy podamos ver estos derechos de manera tal que se nos hacen comunes; pero no siempre fue así.
Podemos recordar por ejemplo que el voto de la mujer no se hizo realidad en México si no hasta la 1953, el término afromexicano que visibiliza a un sector de la población que se caracteriza no solo por el color de piel, si no por un origen cultural rico y lleno de tradiciones, no fue contemplado en la Constitución Mexicana hasta apenas el año 2019, y podríamos seguir con un sin fin de ejemplos.
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Pero justo es uno de los derechos humanos fundamentales que se encuentra en peligro en Puebla derivado de la aprobación mayoritaria por la 4T y aliados del artículo 480° del Código Penal; es decir, el derecho a la libre expresión.
Recordemos que la importancia de este derecho es debido a que gracias a él podemos expresarnos de manera libre y sin temor a sufrir alguna represalia, además de que posibilita el debate público, la crítica al poder, la construcción comunitaria y la defensa de derechos. Es la base de cualquier sociedad democrática sólida. Sin ella, se erosiona el espacio público y se limita el acceso a la información y la rendición de cuentas.
El pasado junio, el Congreso de Puebla aprobó una reforma al Código Penal, incorporando el recién tipificado delito de “ciberasedio” en el artículo 480. La figura penal contempla penas de hasta tres años de prisión y multas de hasta 300 días de salario mínimo por insultar, ofender, agraviar o vejar a una persona de forma reiterada a través de medios digitales.
Sin embargo, tal y como los legisladores locales de Acción Nacional hemos venido advirtiendo, su redacción es ambigua e imprecisa, lo que podría conducir a una aplicación discrecional que restrinja la libertad de expresión y sirva a intereses personales y políticos.
Reconociendo la gravedad del asunto, la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió un exhorto formal de manera formal al Gobierno del Estado de Puebla para revisar la constitucionalidad del artículo 480 y asegurar que no se utilice el derecho penal como herramienta indirecta de censura, no obstante, recientemente se presentó una acción de inconstitucionalidad para impugnar la ley.
Como bien lo señalamos no solo los diputados de oposición, si no catedráticos, organizaciones civiles y ciudadanos la falta de claridad para calificar una acción como “ciberasedio” —como insultos o agravios reiterados— abre la puerta a interpretaciones arbitrarias y abuso judicial, aunado a la amenaza de sanciones penales puede disuadir a medios, periodistas y ciudadanos de participar en discusiones políticas o de denunciar irregularidades, limitando así el debate público. Imaginemos un proceso electoral próximo, este nuevo delito puede convertirse en herramienta para neutralizar voces incómodas y eliminar cualquier tipo de queja o crítica a los participantes.
No es la primera vez que México enfrenta este tipo de situaciones. En 2022, la Suprema Corte declaró inconstitucional una figura similar en Yucatán por su falta de precisión, enfatizando el principio de legalidad y la protección legal de las expresiones en redes sociales. Además, la Recomendación General n.º 24 de la CNDH reafirma que la libertad de expresión debe ejercerse sin mayores límites que los previstos en la Constitución y tratados internacionales.
La libertad de expresión es un pilar indispensable para la convivencia democrática, la transparencia y el acceso a la justicia. En este sentido, la actuación de la CNDH frente a la Ley de Ciberasedio en Puebla es una señal clara: cuando se intenta proteger a través del derecho penal lo que corresponde gestionar con normas claras, proporcionales y orientadas a la prevención, se corre el riesgo de convertir la ley en herramienta de censura.
Veamos cómo actúa el nuevo Poder Judicial frente a este caso: si se convierte en un guardián activo de los derechos humanos y ciudadanos en nuestro país o si confirma sumisión frente al poder.
Hoy lo reitero, o el poder político asume su responsabilidad de gobernar para y con los ciudadanos, escuchar y corregir o seguir en esta posición soberbia que en nada ayuda a las familias mexicanas, pero, ¿usted qué opina?
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