Ante las recientes acusaciones derivadas de la supuesta liberación de probables integrantes del crimen organizado por parte de jueces, vale la pena hacer una revisión sobre quiénes son los responsables de revisar, calificar y en su caso corregir el trabajo de los impartidores de justicia.
De entrada, esta función no le corresponde a la persona titular del Poder Ejecutivo federal. Tampoco es función del Poder Legislativo, cuya labor es presentar iniciativas de ley o recibirlas del Ejecutivo federal, dictaminarlas y aprobarlas, incluyendo las reformas a la Constitución conforme a lo que marca la legislación vigente.
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Sin embargo y emulando al niño al que le ponen el “lunch” más limpio y nutritivo que pueda existir y lo termina intercambiando por la torta de huevo o garnacha más grasosa de su compañero porque le parece más sabrosa; con todo respeto y proporción guardada, a la titular Ejecutivo federal e incluso algunos funcionarios del gabinete, así como integrantes del Poder Legislativo, les ha dado por hacer a un lado lo que les corresponde y mejor calificar el trabajo de los demás, en especial el de los jueces, magistrados e incluso Ministros, lo cual obviamente no les corresponde pero es lo que más “vende” a la hora de repartir culpas.
Sin más, se atreven a opinar sobre la existencia de pruebas o si estas son suficientes como para sentenciar a algún presunto responsable de un delito, como si de juntar canicas o freír espárragos se tratara. No toman en cuenta que más de la mitad de las personas privadas de la libertad son inocentes, que terminarán saliendo de prisión porque simple y sencillamente no existen pruebas en su contra, ni sólidas ni suficientes o que el Ministerio Público no fue capaz de reunir las pruebas necesarias, pese a que en varias ocasiones es ayudado por los propios jueces en la parte argumentativa o le indica qué otras pruebas reunir.
Lo que no hacen quienes se convierten en paladines de la justicia es revisar las fallas que con frecuencia cometen los primeros respondientes, la mayoría de ellos dependientes del Poder Ejecutivo a nivel federal y estatal, léase guardias nacionales o policías preventivos estatales y municipales, respectivamente.
De igual manera pulverizan la supuesta autonomía de las Fiscalías Generales de Justicia de los estados y la propia General de la República, dando instrucciones para que sean abiertas Carpetas de Investigación o sean “judicializados” los casos que más les interesan, sobre todo si se trata de sus enemigos políticos.
En lo que casi nadie repara es que para supervisar y sancionar el desempeño de los jueces y magistrados aún se encuentran operando el Tribunal de Apelación, los Tribunales Colegiados de Circuito, el Consejo de la Judicatura y la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, mientras que su sustituto (Tribunal de Disciplina Judicial) entrará en vigor hasta el próximo 10 de septiembre, con funciones relativamente más amplias y claras pero que tampoco tendrá la capacidad de revisar todas y cada una de las sentencias judiciales para verificar si estuvieron basadas en pruebas o si hubo liberación por falta de ellas.
En tanto eso no suceda, lo que se dice en las conferencias “mañaneras” y en el apartado denominado “Cero Impunidad” no son más que opiniones basadas en inferencias, conjeturas y suposiciones que no llegan ni a premisas, mucho menos a hipótesis sólidas o conclusiones basadas en pruebas objetivas, unívocas y singulares. Todas en contra de los jueces.
Hasta aquí el tema de supervisión y eventual sanción de los jueces que no hacen “bien” su trabajo, pero qué pasa con el Ministerio Público, la respuesta es que en ese terreno todo es más árido, ya que no existe una instancia como tal que se encargue de verificar, supervisar y sancionar el trabajo del MP, escudándose en su relativa autonomía y el hecho de fungir como representante social, además de ser los únicos responsables de la integración de expedientes que permiten el acceso a la justicia.
Si no fuera así, el rezago de las Fiscalías estatales no rebasaría los más de dos millones 650 mil Carpetas de Investigación que no han sido concluidas y las órdenes de aprehensión que terminan prescribiendo antes de ser ejecutadas.
Bien haría la persona titular del Poder Ejecutivo federal en coordinación con los ejecutivos locales buscar un mecanismo que permita a los Ministerios Públicos tener una menor carga de trabajo aumentando su estado de fuerza y disponiendo de mejores apoyos tecnológicos, pero también construyendo una instancia que se encargue de revisar sus Carpetas de Investigación y que sus pliegos de consignación estén bien sustentados con pruebas sólidas y suficientes para no tener que andar “pichicateando” al juez para que le obsequie una orden de aprehensión o recibiendo pruebas a nivel de indicio para incorporarlas a sus procesos, o bien abusando que la Constitución no exige prueba plena sino solo indicios para autorizar la privación de la libertad de una persona, total si el MP se equivoca tiene otras oportunidades para volver a intentarlo sin que alguien lo sancione por ello, en detrimento de la libertad y presunción de inocencia del presunto responsable.
Cabe subrayar que el estado de Puebla es uno de los que mayor carga de trabajo tienen sus Ministerios Públicos, ya que al año les corresponde atender más de 250 Carpetas de Investigación, pero no son los peores ya que en Guerrero le son asignadas 1,307 Carpetas de Investigación a cada MP; Baja California con 1,014 y Aguascalientes con 909 al año.
La pregunta final sería qué instancia es capaz de revisar todas las Carpetas de Investigación asignadas a cada MP y sus respectivos pliegos de consignación para ver si reunió las pruebas suficientes o no. Tal vez por eso sea más fácil acusar al juez como el responsable de tanta impunidad y de paso colocarlo como el villano del cuento llamado justicia.