Opinión
Colegiación obligatoria para profesionistas
Imaginemos que nos enfermamos, vamos con un médico nos emite una receta, nos ponemos peor y vamos a parar al hospital por su negligencia. Todos enojados procedemos a ir con un abogado; inicia el procedimiento y lo pierde porque desde hace 20 años egresó de la licenciatura, estuvo trabajando en el comercio, pero nunca ejerció la profesión. Por la frustración con el médico y el abogado ahora vamos con el psicólogo para sacarnos de la depresión y frustración, pero pasan los meses y las terapias no tienen resultados; ahora estamos peor, nos enteramos que a pesar de tener cédula profesional tenía varios años sin ejercer, el consultorio es prestado y comenzó apenas a dar terapias.
Decepcionados de la vida, vamos a un puente, tomamos una cuerda, nos aventamos y zas, se rompe la viga, ya que la ingeniera de la obra no sabía de los nuevos materiales existentes en el mercado. Después del mega golpe, nos preguntamos: ¿nadie regula la profesionalidad de estas personas? ¿Dónde está el Estado? Todas y todos tienen cédula profesional, pero no es equivalente a su profesionalismo.
Durante décadas se ha hablado de los Colegios Profesionales y la Ley Reglamentaria del artículo 5o. Constitucional relativa al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México. La norma jurídica del año 1945, expresa que todas y todos los profesionistas pueden constituir varios colegios sin pasar de cinco por profesión; se les considera como personas morales y su propósito es vigilar el correcto ejercicio profesional. La realidad es que la colegiación no ha funcionado por un hecho muy sencillo, no es obligatoria, pero ¿debería serlo?
El 23 de noviembre de 2022 se presentó en el Senado de la República la iniciativa de ley por el que se reforman y adicionan los artículos 5 y 28 de la Constitución en materia de carta de colegiación y certificación de profesionistas.
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La iniciativa expone que la colegiación y la certificación periódica ya se encuentran en otros países, además que la Suprema Corte ha dispuesto que la libertad laboral no es ilimitada y exige reglamentación donde se describan sus condiciones.
La iniciativa propone la necesidad de la colegiación obligatoria y mecanismos de certificación en las siguientes profesiones: psicología, derecho, ingeniería, arquitectura, medicina veterinaria y zootecnia.
Se propone la adición al artículo 5 Constitucional, el cual facultará al Poder Legislativo federal para definir las actividades, servicios y ámbitos profesionales en que se requiera de colegiación y certificación periódica, así como sus modalidades y sus términos.
Creemos, en nuestra humilde opinión, que la colegiación es buena; pero sobre todo necesaria con el fin de dar una certeza a las y los clientes que están contratando los servicios de un profesionista. De esta forma, al menos, se sabrá que quien nos tiene en sus manos, habrá pasado los filtros con el fin de llevar el caso. Ojalá y se llegue a aprobar esta reforma constitucional que tanto le hace falta al país.
Se puede leer la iniciativa en la siguiente dirección electrónica:
http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2022/11/asun_4450128_20221124_1669307857.pdf
#ConstruyendoCiudadanía
El autor es coordinador de los Posgrados en Derecho de la Universidad Iberoamericana Puebla.
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