Los linchamientos son producto de falta de acción de las autoridades encargadas de la seguridad pública y de una acusación popular, la cual puede ser cierta o falsa en perjuicio de acusados que no son puestos a disposición de las autoridades.
El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos menciona a la letra que: “ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho”. Así mismo, los linchamientos también son un atentado al Artículo 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el cual señala que:
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1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa[1].
Los linchamientos vulneran también el artículo 5 de la Declaración, que establece que “nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”. Lo que vemos con una frecuencia peligrosa, es un desprecio por el debido proceso y la presunta inocencia.
Con información de e-consulta, 30 han sido los crímenes ocurridos en 19 municipios de Puebla desde 2017 hasta la fecha, los cuales han dejado 28 víctimas mortales; el más reciente un hombre que presuntamente robó en las inmediaciones de la central de abasto de la ciudad, quien murió linchado luego de que fue sorprendido por vecinos de la colonia Jorge Murad, la madrugada del jueves 18 de octubre.
Acatlán de Osorio, Yehualtepec, San Martín Texmelucan, Juan C. Bonilla, Puebla, Atoyatempan, Tlacotepec de Benito Juárez, Domingo Arenas y San Andrés Calpan son algunos de los municipios en los que se han presentado linchamientos en este año.
La violencia que genera un linchamiento es un riesgo para el tejido social ya que ahonda en la desconfianza en las instituciones. Asimismo, lesiona a las familias del afectado y genera una espiral de la violencia. Por tanto, dichos sucesos son un desafío en materia de gobernabilidad a escala local[2].
Es necesario que se exhorte a la Secretaria de Seguridad Pública para impulsar un protocolo de actuación policiaca contra linchamientos, promoviendo y garantizando los derechos humanos de los ciudadanos. Si los linchamientos son evitados se fortalece el Estado de derecho y se da cumplimiento al artículo 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, lo que erradicaría imponer tratos denigrantes a la persona, además de defender derechos como la presunción de inocencia.
[1] 2 Organización de las Naciones Unidas (ONU), Declaración Universal de los Derechos Humanos, [en línea], disponible en https://www.humanium.org/es/derechos-humanos-1948/
[2] Aguirre, Juan Pablo, Linchamientos en México, Cuaderno de Investigación, Instituto Belisario Domínguez, Senado de la República.