A principios de semana, como lo he venido haciendo en otras ocasiones, tuve la oportunidad de manifestar la necesidad imperante de voltear la mirada para atender de manera puntual requerimientos en materia de reformas a la Ley Estatal de Salud.
El objetivo de esta propuesta que ya se trabaja en el Congreso del Estado obedece a que la salud pública es, evidentemente, uno de los pilares de la gobernanza y una demanda constante y sentida por parte de los ciudadanos.
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Es responsabilidad de todos aquellos que participamos en el ejercicio de la política pública atender los llamados para mejorar y con ello garantizar servicios de salud de calidad para todos los habitantes del estado, pero principalmente para aquellos sectores más vulnerables y necesitados.
En ese contexto y subrayando la importancia del sector salud es que nos hemos dado a la tarea de formular una serie de propuestas para reformar la Ley Estatal de Salud en Puebla.
Específicamente esta iniciativa está encaminada a incrementar acciones en materia de salud materno-infantil. Puntualmente se establecen áreas de oportunidad en donde se podrían generar grandes beneficios para la sociedad, especialmente, insisto, para quienes más lo necesitan.
Así, se propone garantizar la atención posológica que se requiera a la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio.
Se insiste en la necesidad de atender con programas específicos el problema de la transmisión del VIH/Sida y otras Infecciones de Transmisión Sexual, en mujeres embarazadas con el propósito de evitar la transmisión perinatal.
Apostamos con esta iniciativa a que la prevención sea la base de las modificaciones ya que ello no sólo generará un ahorro en el gasto público sino que incrementará la calidad de vida de las personas. Por ello, se propuso trabajar intensamente en la prevención y detección de las condiciones y enfermedades hereditarias y congénitas, y en su caso atención, que incluya la aplicación de la prueba del tamiz ampliado, y su salud visual, así como en la revisión de retina y tamiz auditivo al prematuro.
Consideramos fundamental la aplicación del tamiz oftalmológico neonatal, a la cuarta semana del nacimiento, para la detección temprana de malformaciones que puedan causar ceguera, y su tratamiento, en todos sus grados.
Finalmente, la iniciativa prevé el diagnóstico oportuno y atención temprana de la displasia en el desarrollo de la cadera, a través del examen clínico en la primera semana del nacimiento, en el primer mes de edad y a los dos, cuatro, seis, nueve y doce meses de edad; así como la toma de ultrasonido de cadera o radiografía anteposterior de pelvis, entre el primer y cuarto mes de vida.
Cerrar los ojos ante una realidad en la que las demandas sociales de la población se centran en rubros como lo es la salud pública, es cometer un grave error, pero principalmente es dejar de hacer nuestra labor como encargados de representar a los ciudadanos.