La legislación del llamado matrimonio igualitario a lo largo de los años.
Tanto el matrimonio como la unión libre, o la llamada unión de hecho, al igual que la sociedad de convivencia o pacto civil de solidaridad, incluso los solteros con hijos, perpetúan la relación fundacional de la sociedad como se entiende ordinariamente: la familia. Al mismo tiempo, debe tomarse en cuenta que existen variadas formas de familia y no todas se fundan a partir de una pareja; que hay familias compuestas no sólo en función de los lazos consanguíneos sino a partir de decisiones personales, afectivas o económicas; grupos de individuos que se solidarizan para compartir la vida cotidiana sin el factor sexual. Como quiera, además de los principios de libertad de pensamiento entre otros derechos humanos, en cuanto el derecho es una creación social, ninguna de esas formas puede desligarse del principio de propiedad, ni eludir sus vínculos con el Estado.
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Si no fuese así, nunca hubiera tenido cabida, ni por asomo, esta nueva forma de pacto conyugal en las legislaciones modernas: Holanda abrió la brecha desde finales de 1980; le siguieron los escandinavos: Dinamarca en 1989, Suecia, Finlandia, Noruega; más tarde Inglaterra. Francia, con algunas restricciones como la adopción, legislaron la figura del pacto civil de solidaridad. España, en medio de las controversias, desde 2005, aprobó el texto que permite legalizar las uniones conyugales entre personas del mismo sexo. En esa legislación –hay que notarlo- no se hace diferencia legal de matrimonio; es decir, no importa el género de la pareja que quiere legalizar su unión; y en cualquier caso se llama matrimonio. Lo más notable: con ello rebasó las discusiones que todavía plantean distingos entre parejas homosexuales y heterosexuales, que algunos ven como otra forma de discriminación al considerar a los homosexuales como si fueran ciudadanos de menor categoría, pues no se les reconoce la capacidad de adopción de niños y de proveer su educación –incluso en los casos en que tienen hijos propios- como lo pueden hacer los matrimonios tradicionales.
En contraparte observemos lo que ha preparado Polonia. El 13 de marzo de 2013, el viceministro de educación del gobierno declaró que el proyecto de ley –para hostigar a quien hable de homosexualidad en cualquier institución académica- pretende “castigar” a quien “promueva la homosexualidad o cualquier otra desviación de naturaleza sexual en los centros educativos”. Después desplegó detalles al referir que “los profesores que revelen su homosexualidad serán despedidos de sus trabajos”. Al día siguiente dijo que sus palabras habían sido tergiversadas.
Esto marca el contraste que, para el beneficio de los ciudadanos tiene el conocimiento científico, la crítica razonada y el derecho que se adecua a los tiempos de una democracia siempre en proceso de perfeccionamiento que implica incluir, o dicho de otra forma: comprender.