El 18 de junio actual, entrara en vigor en todo el estado la aplicación del Código Nacional de Procedimientos Penales, para lo cual con recursos propiamente de la federación se han edificado las denominadas casas de justicia en los diversos distritos judiciales de la entidad. Evidentemente el Fiscal General y el Presidente del Tribunal Superior de Justicia han sostenido la preparación técnica de Policías Ministeriales, Agentes del Ministerio Publico, Jueces y Magistrados, nada mas alejado de la realidad, pues disfrazados con toga y birrete estarán los mismos personajes que mantienen privados de la libertad a cientos de presos políticos en Puebla.
En un contrasentido con lo pretendido por el Estado mexicano, es decir “un nuevo sistema de justicia penal”, se utilizará para camuflajear a muchos mercaderes de la justicia la toga cuyo uso se remonta a la época de las Universidades Medievales, es decir, a la edad de oro de los torturadores, esto es a la etapa donde se erigió al primer Inquisidor general llamado Fray Tomas de Torquemada –cualquier parecido con la actualidad, es mera coincidencia-.
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El hecho de que los actuales juzgadores en materia penal tengan que, obligadamente utilizar toga, es representativo de una descomposición social propiciada por la autoridad hoy ávida de respeto, el cual no se obtiene de la vestimenta, si no, como reiteradamente ha sostenido este columnista a diversos jueces, es decir del cumplimiento mismo de la ley, desde luego de la solidez y firmeza en sus resoluciones la cual solo puede emanar de su independencia e imparcialidad. Pero de todo lo que cito últimamente se encuentran muy alejadas nuestras autoridades en la entidad, por tanto que ciertamente es importante contar cono una infraestructura digna para procurar y administrar justicia, sin embargo es requisito sine qua non –indispensable-, contar con el capital humano impregnado de las características jurisdiccionales a que me he referido, esto es, resulta indispensable la independencia e imparcialidad, aspectos que emergen de una sana disciplina y vocación de servicio que en Puebla muy pocos juzgadores tienen.
Hablar de la actividad del Ministerio Público implica remitirnos a un sinónimo de corrupción, a una institución putrefacta sobre la que priva la desconfianza social, dicho en otras palabras, del lugar donde se prefabrica el delito donde no lo hay para quien no lo comete. El sistema de justicia acusatorio adversarial aparenta ser garantista, fluido, ágil, basado en la ciencia, pero desarrollado por una estructura humana formada en el viejo esquema de la dádiva, el interés personal, la parcialidad y la tutela del juzgador siempre para con el órgano acusador, pero si a esto agregamos que en Puebla, el Órgano encargado de supervisar la conducta de los juzgadores es propiamente inexistente y solo responde a los intereses del ahora denominado Fiscal General, claro debe quedar, que el interés social sigue sin importar y de ello da clara cuenta el foro de abogados Atlixquenses quienes afirman haber presentado más de doce quejas administrativas contra la jueza María del Rosario Sánchez Aguilera, por actos que van desde la negligencia total e incapacidad técnica en el juzgado hasta la perdida y extravío de expedientes, afirmando los postulantes de tan cercano Distrito judicial que el Magistrado Jose Saúl Gutiérrez Villareal es propiamente tutor de dicha juzgadora quien es personaje inamovible en el juzgado civil y familiar, para lo cual hicieron llegar al autor de estas líneas diversas pruebas que justifican fehacientemente las injusticias y arbitrariedades del referido personaje.
Por ello, sostenemos la imperiosa necesidad de que el Poder legislativo considere la Integración de un Consejo de la Judicatura al seno del Poder judicial del estado, mismo que debe estar integrado no solo por magistrados del Tribunal Superior Justicia si no además que apartado del quehacer económico, se dedique a disciplinar verdaderamente a jueces y magistrados para lo cual es pertinente que dicho Consejo se conforme por abogados probos que representen a una Universidad Pública, otra Privada, un Organismo no gubernamental de los derechos humanos y del propio órgano oficial en cuyo caso se evitaría que jueces y magistrados se autodisiplinen con los consabidos intereses que prevalecen al seno del Poder judicial en el estado. Claro está, inteligente lector, que el “nuevo sistema de justicia penal”, con sus grandes obras de infraestructura dicho por la voz populi, es la misma chiva solamente que revolcada y si no al tiempo.
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