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OPINIÓN

Los funcionarios cesados por la fuga del Chapo

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Atilio Peralta Merino

Abogado por la Escuela Libre de Derecho. Premio Nacional de Periodismo “Ricardo Flores Magón” en la categoría de Artículo de Fondo. Compañero editorial de Pedro Ángel Palou; y colaborador cercano de José Ángel Conchello y del constitucionalista Elisur Arteaga Nava.

Miércoles, Julio 15, 2015

Estamos ante la segunda ocasión en que Joaquín Guzmán Loera ha logrado evadir la reclusión en un penal de “máxima seguridad”, en la ocasión previa, según se recordará, el entonces director del penal de “Puente Grande”, Leonardo Beltrán Santana, habría sido sometido a proceso penal como sujeto de responsabilidad criminal derivada de los hechos en cuestión; por lo demás, años antes, el también ex director del penal de “Almoyola”, Juan Pablo de Tavira, habría sufrido sendos atentados, el primero de ellos en su domicilio, en donde se le trató de asesinar por medio de la dispersión deliberada de gas venenoso, y el segundo , que terminaría cegando su existencia, se habría verificado al momento en que de Tavira se encontraba de visita en la Universidad Pública del estado de Hidalgo en la Ciudad de Pachuca de Soto, mediante el disparo a quemarropa de armas de fuego.

Una vez que, tanto el gobierno como el conjunto de la opinión pública nacional asumieran como un hecho consumado, que el pasado 11 de julio de los presentes Joaquín Guzmán Loera habría logrado fugarse del penal de máxima seguridad de Almoloya de Juárez, el secretario de gobernación Miguel Osorio Chong, anunció a la nación en conferencia de prensa, el cese inmediato, por decisión personal suya, tanto del titular del órgano de prevención y readaptación social, como de la responsable de la coordinación de los Centros Federales de Readaptación Social, así como la del director del centro penitenciario en cuestión; servidores públicos, todos ellos, adscritos a la dependencia a su cargo.

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En los términos del artículo 89 constitucional, es al presidente de la República a quién corresponde en exclusiva la designación, cese y remoción de los servidores públicos, los individuos cesados el pasado 13 de julio por Osorio Chong, con motivo de la "fuga" del "Chapo" Guzmán, tienen a salvo todos sus derechos para impugnar el cese del que fueron objeto por parte de un funcionario que carece de toda competencia para tomas una decisión de tal índole.

El artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece las facultades y atribuciones del secretario de gobernación, sin que cuente entre las mismas la de cesar a servidor público alguno, en consecuencia, los cesados pueden recurrir al amparo sin necesidad de acudir previamente al procedimiento laboral ante el tribunal de conciliación y arbitraje al que, de todos modos, muy probablemente no tendrían derecho a recurrir, ya que es altamente probable que se trate de trabajadores de confianza.

La conducta de los custodios de “Almoloya” que están siendo materia de la indagatoria, claramente se erige en materia obligada de pesquisa policial, indagatoria que, dependiendo de los elementos probatorios acopiados por la fiscalía del caso, puede extenderse a los responsables del área conducente en la secretaría de gobernación, lo que no puede hacer bajo ningún motivo el secretario de gobernación es ordenar por “motu proprio” el cese de éstos ya que ello es atribución exclusiva del presidente que no puede ser delegada en términos constitucionales.

Recuérdese la conexión de la CIA con el cártel de Medellín y el entonces cártel de Guadalajara del que se desprendería el de "Sinaloa", constituía la materia por excelencia de las investigaciones periodísticas de Manuel Buendía al momento en el que habría sido abatido en el Paseo de la Reforma el 30 de mayo de 1984.

¿Todavía estará pagando la agencia central de inteligencia del departamento de estado de los Estados Unidos, las facturas pendientes derivados de la ejecución de la llamada "operación Irán-contras", implementada durante los años ya lejanos de la "Guerra de Nicaragua"?

Responder esta pregunta podría conducir las pesquisas del caso por mejor derrotero del que actualmente las guía, claro que, el sólo hecho de esgrimirla exigiría al frente de la secretaría de gobernación a un personaje que, al menos, guarde el mínimo compromiso exigible con las disposiciones constitucionales en vigor.

albertoperalta1963@gmail.com

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