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OPINIÓN

Las buenas intenciones en el salario mínimo

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Lunes, Agosto 18, 2014

El tema de los salarios mínimos en México se hace recurrente tantas veces nos damos cuenta de que no hay recurso que alcance en los hogares de las familias mexicanas. Un salario mínimo que difícilmente es suficiente para las necesidades básicas de vida que se concentran en comer, vestir y tener un techo donde vivir, amén de los gastos de educación y transporte.

Bajo esa visión, pudiera pensarse que un incremento al salario mínimo en México sería la salvación –o al menos un intento- para recuperar la tan desgastada economía familiar de los trabajadores en México.

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En ese contexto en que referenciamos la propuesta intencionada del Gobierno del Distrito Federal que presentará a finales del mes de agosto ante la Conferencia Nacional de Gobernadores (CONAGO) de incrementar de 67.29 a 80 pesos el salario mínimo a través de una discusión pública en torno a la preocupante situación del nivel salarial en el país; de esa manera se pretende “emprender una nueva política de salarios mínimos de casi 7 millones de personas en México”.

Sabemos que el poder adquisitivo salarial ha caído 75% desde 1977 y que –a la fecha- representa el peor salario mínimo de todos los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Más allá de abanderamientos políticos y posturas partidistas, el tema del salario mínimo debe tratarse con cautela, a través de un análisis serio –no populista- que nos proporcione un diagnóstico del ingreso que perciben los trabajadores y el impacto colateral que tiene en esferas de la contribución y de cargas tributarias fijadas precisamente en las tablas de los salarios mínimos de cada estado de la República.

Históricamente, México es uno de los países pioneros en materia de salarios mínimos ya que la Constitución de 1917, en el artículo 123, fracción VI lo establece como una de las bases para las leyes sobre el trabajo que habrían de expedir el Congreso de la Unión y las legislaturas de los Estados.

De hecho, el art. 123 constitucional de 1917, fracción IX señala: "La fijación del salario mínimo se hará por comisiones especiales que se formarán en cada municipio, subordinadas a la Junta Central de Conciliación que se establecerán en cada Estado". Disposiciones asentadas en la Ley Federal del Trabajo de 1931 que fueron el sustento que favoreció la entrada en vigor del primer salario mínimo el primero de enero de 1934.

El salario mínimo se fijó cada dos años desde el 1o. de enero de 1934 por lo que de ahí al año de 1976 se tuvieron 25 salarios mínimos diferentes. Después del 1o. de enero de 1976 se han fijado cada año, aunque dado que pueden ser revisados y modificados en cualquier momento siempre que la situación económica lo justifique, se han fijado 47 salarios mínimos después de la fecha indicada, es decir 15 ocasiones más que las 32 que habrían sido si únicamente se hubiesen modificado una vez anualmente. En total, hasta la fecha, se cuentan 72 salarios mínimos diferentes, a lo largo de 74 años.

Es por eso que se debe evitar el populismo y la utopía de que la propuesta de incremento del salario mínimo, más allá de “las buenas intenciones”, debe ser la oportunidad de discutir, analizar y proponer medidas de salvamento y recuperación de la economía de las familias mexicanas.

La discusión sobre el salario mínimo debe estar sustentada en los marcos legales e institucionales establecidos en la Constitución Mexicana, tomando en cuenta la productividad, la formalización del empleo y los beneficios que conllevan; nunca por decreto ni muchos menos como bandera política electoral ante el escenario que aproxima en el 2015 para la renovación de la Cámara de Diputados en el Congreso de la Unión.

Los empresarios y los sindicatos cuentan en esta discusión y análisis al igual que la base trabajadora que durante décadas ha visto mermado su ingreso en las muchas necesidades que hay en los hogares -y que en la mayoría de los casos un salario mínimo no resuelve-.

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