El pasado lunes 31 de marzo en sesión extraordinaria, el Congreso del Estado aprobó vía “fast-track” un par de iniciativas burdamente presentadas por el Gobierno del Estado a través del dip. Marco Antonio Rodríguez Acosta del PSI.
El diputado Rodríguez evidenció su desconocimiento ya que ni siquiera fue capaz de explicarlas coherentemente, ni defenderlas ante el pleno. Dichas iniciativas modifican el artículo 225 de la Ley Orgánica Municipal y el 201 bis, ter, quater y quinquies del Código de Procesos Electorales del Estado de Puebla; siendo ambas beneficiarias de su publicación en el Periódico Oficial del Estado el mismo día a tan solo unas horas de su aprobación como si de un extraordinario y milimétrico alineamiento de astros se tratara.
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Las modificaciones alteran totalmente el marco normativo que regula los plebiscitos ciudadanos mediante los cuales se eligen al principio de cada administración municipal las 651 presidencias de las Juntas auxiliares de los 217 municipios del estado. Las Juntas Auxiliares están concebidas en la Ley Orgánica Municipal como “los gobiernos de los Pueblos” y son coadyuvantes de los gobiernos municipales para la atención de las distintas necesidades de la población dentro de sus jurisdicciones territoriales; en muchas de ellas se concentra la población con raíces originarias de nuestro estado, razón por la cual los plebiscitos en muchas se han llevado a cabo tradicionalmente mediante procedimientos basados en “usos y costumbres”.
La afectación más significativa de las presentes reformas consiste en que introduce la participación de los partidos políticos con registro en el estado en estos procesos tradicionalmente ciudadanos, violando el art. 4° de la Constitución Política del Estado que solo establece su participación en elecciones para Gobernador, Ayuntamientos y Congreso del Estado; Además de que ahora se establece como requisito solo para las candidaturas ciudadanas, la presentación de firmas de apoyo en un número correspondiente al 3% del padrón electoral de la Junta Auxiliar, padrón que oficialmente ninguna instancia tiene determinado para estas demarcaciones y por lo tanto nadie conoce; pero las violaciones no se quedan ahí, las reformas de último minuto aprobadas por los empleados de la oficina de tramites del gobernador violan también el art. 105° Constitucional que establece un plazo mínimo de 90 días previos al proceso electoral para cualquier modificación a su marco normativo, así como al art. 1° que habla de Igualdad Jurídica de los participantes y el art. 14° que establece que las elecciones deben realizarse con marcos jurídicos cerrados.
Por si fuera poco y aunado a lo anterior, la Secretaría General del Gobierno del Estado envió a los ayuntamientos el “machote” de Convocatoria que tenían que emitir como si se tratara de un guión de telenovela, con lo cual se evidenció su grotesca injerencia en un asunto que legalmente compete exclusivamente al ámbito municipal.
Las mencionadas reformas tienen un objetivo principal muy claro, lograr el control político absoluto de estas demarcaciones por parte del gobierno estatal; ya que por un lado se desplaza a los ciudadanos de estos procesos tradicionales estableciéndoles requisitos indefinidos e imposibles de reunir en un par de días sobre todo en las de carácter urbano, y por otro a través del control político que se ejerce sobre la mayoría de las cúpulas partidarias estatales (con sus correspondientes prebendas de por medio) se pretende registrar a un solo candidato afín a los intereses del gobierno bajo la figura de candidatura común por parte de todos los partidos subordinados, con lo cual en los hechos las elecciones se convertirán en un método de designación indirecta de Casa Puebla.
Esta situación junto con otra serie de atropellos está creando una creciente inconformidad en los habitantes de las Juntas Auxiliares del estado quienes buscan no ser desplazados demostrando de diversas formas su rechazo a la imposición de este modelo de gobierno autoritario que está generando irresponsablemente un preocupante escenario de malestar e inestabilidad social en una entidad en donde se fabrican delitos y se criminaliza la lucha social.