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Política
En Puebla, el INE rechazó a 6 mil como observadores electorales por militar en algún partido
Urna de votación para la elección del Poder Judicial
Foto / Gran Angular
Un periodo de silencio institucional absoluto cubrió México desde el primer minuto de este jueves y durará hasta que cierren las casillas el próximo domingo 1 de junio: estamos en veda electoral.
El Instituto Nacional Electoral (INE) aseguró que este lapso se diseñó para que la ciudadanía reflexione con libertad sobre su voto en la que será la primera elección directa del Poder Judicial de la Federación en el país.
Se disputan más de dos mil cargos judiciales en un proceso de opiniones encontradas a favor y en contra, pero que especialistas calificaron como histórico y de enorme impacto en la arquitectura democrática del país.
En Puebla, el INE —de un total de más de 13 mil solicitudes— acreditó a más de siete mil personas para que laboren como observadores electorales.
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Los rechazados estaban registrados como militantes de partidos, lo que viola el principio de imparcialidad.
La veda electoral es un periodo de tres días previos a la jornada electoral —previsto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE)— cuyo fin es impedir la propaganda política y permitir a la ciudadanía un espacio de reflexión para decidir su voto.
Acorde con el artículo 251, numeral 4 de la LGIPE, queda prohibida la celebración de actos públicos de campaña, propaganda o proselitismo, así como la difusión de encuestas o sondeos de opinión, incluso si son presentados como noticias.
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Pero durante la veda electoral la ciudadanía puede seguir informándose sobre el proceso en fuentes oficiales como la plataforma Conóceles, Practica y Ubica: ahí pueden revisar los perfiles de candidaturas, practicar su voto y consultar la ubicación de su casilla.
Actos proselitistas
No se permite que las candidaturas realicen mítines, asambleas, entrevistas o cualquier actividad que promueva el voto a su favor.
Propaganda en medios
No pueden difundirse mensajes políticos en radio, televisión, prensa, internet o redes sociales, ni por parte de candidatos, ni de autoridades gubernamentales.
Difusión de encuestas
Está estrictamente prohibido publicar o compartir encuestas, estudios o sondeos de opinión relacionados con las preferencias electorales.
Uso de redes sociales
Las candidaturas deben abstenerse de publicar contenidos proselitistas, incluso desde cuentas personales.
Llamados al voto partidista
Ninguna figura pública o medio puede pedir el voto para un partido, coalición o candidato.
Mientras se desarrolla este proceso democrático, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) enfrenta un nuevo desafío: decidir si atrae un amparo que promovió Miguel Ángel Félix Gallardo, conocido también como ‘El Jefe de Jefes’.
El fundador del Cártel de Guadalajara busca revocar la sentencia de 37 años que lo condena por el asesinato del agente de la DEA Enrique ‘Kiki’ Camarena y del piloto mexicano Alfredo Zavala, ambos en 1985.
La ministra presidenta, Norma Lucía Piña Hernández, admitió a trámite la solicitud de atracción y turnó el expediente del caso de Félix Gallardo a la ministra Margarita Ríos Farjat. La solicitud será evaluada por la Primera Sala de la SCJN. (MIG)