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Esto debes recibir de pago por trabajar en domingo según la LFT

La prima dominical es un derecho laboral que obliga a pagar 25% extra por trabajar en domingo

Esto debes recibir de pago por trabajar en domingo según la LFT

Foto: CANVA

Si trabajas en domingo, la ley mexicana te respalda con una compensación adicional, pues de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), todo empleado que labora en este día tiene derecho a recibir la denominada prima dominical.

Este concepto se refiere a un monto extra equivalente al 25% de su salario diario. Se trata de un beneficio obligatorio para los empleadores y busca reconocer el esfuerzo adicional de quienes laboran en un día de descanso.

De acuerdo con el artículo 71 de la LFT se establece que el trabajo en domingo debe remunerarse con un 25% adicional al salario ordinario; lo que quiere decir que, si un trabajador gana 200 pesos diarios, al laborar un domingo deberá recibir al menos 250 pesos.

Este derecho aplica incluso si el empleado tiene su descanso semanal en otro día, lo cual refuerza la obligatoriedad del pago de esta prima.

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La prima dominical no depende del tipo de contrato, ni del nivel de ingresos del trabajador, por lo que plica tanto para personal sindicalizado como para aquellos con contratos temporales o permanentes. Esto garantiza condiciones laborales más justas y busca evitar abusos en sectores donde el trabajo dominical es común.

En caso de que el empleador no pague esta prestación, el trabajador tiene hasta un año para presentar una reclamación; para ello, puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), donde recibirá asesoría legal gratuita y personalizada. Esta institución ofrece apoyo jurídico para hacer valer los derechos laborales y garantizar su cumplimiento.

La LFT contempla que los empleadores no solo deben cubrir esta prima, sino también asegurarse de que el personal no vea afectado su descanso semanal, promoviendo un equilibrio entre el trabajo y el bienestar personal. La prima dominical se suma a otros derechos mínimos establecidos en la ley, como el aguinaldo, vacaciones pagadas y seguridad social. (JH)

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