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Seguridad
El exalcalde de San Andrés Cholula abandonó la cárcel luego de que un amparo dejó insubsistente la medida cautelar de prisión preventiva justificada que le fue impuesta en septiembre de 2021
Foto / Agencia Enfoque
Aunque la Fiscalía General del Estado (FGE) de Puebla quería reaprehender el exalcalde de San Andrés Cholula, Leoncio Paisano Arias, un amparo lo libró de la cárcel y ahora enfrentará en libertad el proceso en su contra por abuso de autoridad, con la obligación de no salir del país y firmar periódicamente.
A las 12:30 horas de este martes se desarrolló la audiencia en la Casa de Justicia de San Andrés Cholula, para dar cumplimiento a la sentencia de amparo y Paisano Arias logró que la jueza lo dejara libre a cambio de una garantía económica y firma periódica.
Al salir de dicho lugar agentes ministeriales intentaron detenerlo, ahora por un supuesto fraude cometido en el DIF, pero Carlos Arreguín Reyes, defensa del acusado, argumentó que no se podía ejecutar dicha orden de aprehensión porque se encontraba bajo los efectos de un amparo.
Luego de unos minutos, Leoncio Paisano se pudo retirar de la Casa de Justicia sin regresar al centro penitenciario en que se encontraba recluido.
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“Indebidamente estaban reteniendo a Leoncio bajo los efectos de la suspensión de amparo por una nueva orden. Sí, (era ilegal) porque la suspensión estaba vigente y, aún así, intentaron ejecutar la orden de aprehensión, pero ya lo dejaron en libertad”, declaró el abogado.
Arreguín Reyes acusó una persecución, no por parte del gobierno de Puebla, sino por mandos de la FGE que integraron carpetas de investigación “a modo”.
Este medio solicitó una postura a dicha dependencia, pero hasta la publicación de esta nota no había información al respecto.
Amparo protegió a Leoncio Paisano
Leoncio Paisano Arias consiguió este día su libertad porque el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexo Circuito resolvió a su favor el amparo 18/2022, con el cual impugnó la medida cautelar de psisión preventiva impouesta por la Juez de Control del Juzgado de Oralidad Penal y Ejecución del Sistema Acusatorio Adversarial de la Región Judicial Centro, Poniente, con sede en San Andrés Cholula, Karla Patricia Ambrosio Vargas, que el 25 de septiembre de 2021 decidió vincularlo a proceso por abuso de autoridad.
La jueza consideró que se justificaba “la necesidad e idoneidad de la medida de prisión preventiva justificada” porque el imputado se ostentó como presidente municipal de San Andrés Cholula y “podría conocer personas que aún continúan laborando en el ayuntamiento, lo que podría ayudar a destruir, modificar, ocultar o falsificar elementos de prueba” y porque su defensa "no adujo cosa alguna en relación con la verificación o la evaluación de riesgo por parte de la autoridad de supervisión de medidas cautelares".
No obstante, para controvertir dicha medida, Paisano Arias acusó que la jueza violó su principio de libertad y presunción de inocencia, porque nunca fundó la aseveración de que podía impedir y obstaculizar la investigación en su contra o sustraerse de la justicia.
En el amparo en revisión la defensa solicitó que a su cliente se le impusiera como medida cautelar diversa a la prisión preventiva, firma periódica y exhibir garantía económica, pero la jueza se negó sin fundar el motivo legal.
La justicia federal consideró que la jueza actuó con ilegalidad y le ordenó citar nuevamente a la partes involucradas a una audiencia para dejar insubsistente la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva justificada y fundar y motivar por qué no era viable la imposición de las medidas cautelares que solicitó su defensa.
Fue así como el mediodía de este 12 de abril se realizó la audiencia en la Casa de Justicia de San Andrés Cholula, correspondiente a la carpeta judicial 0515/2021/CHOLULA, en cumplimiento a la sentencia de amparo.
Debido a que la Jueza ya no podía imponer prisión preventiva, Leonsio Paisano Arias obtuvo su inmediata libertad.
Aunque el imputado también buscó tirar la vinculación a proceso en su contra por abuso de autoridad, el amparo sólo lo protegió de la medida cautelar, ya que después de revisar las audiencias, se determinó que el Agente del Ministerio Público sí presentó los datos de prueba suficientes para sujetarlo a una investigación.