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Política
El plazo para acreditarse se abre al iniciarse el Proceso Electoral Federal 2014-2015 y hasta el 30 de abril del año de la elección
Foto Agencia Enfoque
El pasado 30 de septiembre por votación unánime el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), aprobó el Acuerdo INE/CG164/2014, por el que se establecen los lineamientos para la acreditación y desarrollo de las actividades de los ciudadanos mexicanos que actuarán como Observadores Electorales durante los Procesos Electorales Federal 2014-2015 y los Locales coincidentes con la fecha de la Jornada Electoral Federal, y en su caso de las consultas populares y demás formas de participación ciudadana que se realicen.
Tal como lo señala el Artículo 8, numeral 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), es derecho exclusivo de los ciudadanos participar como observadores de los actos de preparación y desarrollo de los procesos electorales federales y locales, así como en las consultas populares y demás formas de participación ciudadana que se realicen de conformidad con la legislación correspondiente, por lo que el INE convoca a los ciudadanos mexicanos interesados en participar como Observadores Electorales del Proceso Electoral Federal 2014 – 2015, a presentar su solicitud para la acreditación correspondiente, de manera personal o a través de la organización a la que pertenezcan, ante el Consejo Local o Distrital del INE correspondientes a su domicilio.
El plazo para que los interesados presenten las solicitudes de acreditación ante el INE, es a partir del inicio del Proceso Electoral Federal 2014-2015 y hasta el 30 de abril del año de la elección. Dichas solicitudes deberán indicar el domicilio del ciudadano o de la organización a la que pertenezca y acompañada de copia de la credencial para votar y dos fotografías del solicitante; manifestación expresa de que el ciudadano que pretenda actuar como observador electoral se conducirá, en el desarrollo de sus actividades, conforme a los principios de imparcialidad, objetividad, certeza, legalidad y sin vínculos a partido u organización política alguna.
Los requisitos para la presente convocatoria: ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, estar inscrito en el Registro Federal de Electores, no ser ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales, distritales o municipales de organización, partido político o de agrupación política alguna y no ser ni haber sido candidato a puesto de elección popular federal y/o estatal, en ambos casos, en los últimos tres años anteriores a la elección. De igual modo, los solicitantes deberán asistir a los cursos de capacitación, preparación o información que impartan el INE o las propias organizaciones a las que pertenezcan los observadores electorales bajo los lineamientos y contenidos que dicten las autoridades competentes del INE, las que podrán supervisar dichos cursos.
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