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Seguridad
Consideró que su petición de “demanda de violación a la suspensión provisional” es improcedente
Foto municipiospuebla.com
El Juzgado Tercero de Distrito rechazó las denuncias de violación que promovió la familia Maurer, en los juicios de garantías tramitados contra la expropiación de la ex Hacienda Tamariz, luego que el gobierno del estado impugnara la admisión de estos amparos.
De acuerdo con los expedientes 633/2014 y 632/2014, radicados en el juzgado referido, los quejosos, Carlos Víctor Maurer Suárez y Eloina Maurer Espinoza, promovieron cada uno una "demanda de violación a la suspensión provisional", tras ser notificados que la administración morenovallista interpuso tres recursos de queja ante los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa para impugnar las admisiones de sus amparos.
Sin embargo, el juez federal rechazó las peticiones debido a que son improcedentes, "en razón de que dicha figura procesal es inexistente en la ley de amparo", argumentó.
Por otro lado, en el amparo 633/2014, el juez difirió la audiencia incidental del 13 de mayo, que se llevaría a cabo mediante una inspección judicial en el predio, y estableció el día 26 de mayo a las 11:07 horas para desahogar la diligencia.
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Es preciso recordar que la expropiación de 747 hectáreas de la ex hacienda, localizada en Nopalucan, fue decretada por el gobierno del estado de Puebla bajo el argumento de “utilidad pública”, enfocada a la instalación de un parque industrial que concentre a los proveedores de la armadora alemana Audi, que se instala en San José Chiapa.
La ex Hacienda Tamariz, donde se encuentra una planta productora de lácteos, está registrada a nombre de Emilio Maurer Bretón, Carlos Víctor Maurer Suárez, Amelia Maurer Suárez, María Eloina Maurer Espinosa, Juan Carlos Maurer Bretón y Luis Maurer Espinosa.
Los recursos presentados ante los juzgados federales impugnan como primer acto de aplicación la Ley de Expropiación del estado, reformada el pasado 11 de marzo, a fin de permitir al gobierno estatal incautar bienes inmuebles o predios bajo el argumento de la “inmediatez y urgencia”, sin que medie notificación previa por escrito.