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Política
El priísta expresó que existe un desaseo en el resultado de la elección, la cual favoreció al perredista Julián Rendón Tapia
Víctor Manuel Giorgana Jiménez, excandidato del PRI en el distrito 16, calificó de “imparcial” la labor de los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), luego de que por segunda ocasión desecharon el recurso de impugnación que interpuso en contra del resultado de la elección de pasado 7 de julio.
En entrevista, el priísta adelantó que recurrirá nuevamente ante la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ya que, aseguró, los magistrados locales no acataron la orden que les dio el órgano jurisdiccional de allegarse de pruebas sobre las irregularidades que se presentaron en la casilla 1259 Básica, ubicada en la junta auxiliar de San Andrés Azumiatla.
Giorgana Jiménez expresó que existe un desaseo en el resultado de la elección, la cual favoreció al perredista Julián Rendón Tapia, abanderado de la alianza Puebla Unida, al tiempo que lamentó que en el TEEP los fallos emitidos se den por medio de trampas.
En caso de que el priísta promueva otro juicio de revisión constitucional, sería la segunda ocasión que los magistrados de la Sala Regional estudiarían la sentencia que el TEEP aprobó para confirmar el resultado de la elección del distrito 16 de la capital, el cual validó el Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE).
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El priísta precisó que pese a que emprenda otro juicio de revisión, no hay un riesgo de que pierda la posición que tiene como diputado electo de representación proporcional que le otorgó el IEE.
El fallo que dio a conocer el TEEP este miércoles fue para cumplir la orden que la Sala Regional del TEPJF dictó el 14 de noviembre, en la cual pide a los magistrados que consideraren como prueba una copia del acta de escrutinio y cómputo de la casilla 1259 Básica, en la cual 5 de Mayo señaló que una escrutadora no pertenecía a esa sección electoral.
No obstante, en su ponencia el magistrado Francisco Javier de Unanue y Bretón aclaró que la petición del TEPJF fue para considerar a la copia del acta de escrutinio y realizar una nueve diligencia, no así para modificar el resultado de la elección, además de señalar que la supuesta participación de Andrea Mena González no se dio al momento del llenar las actas de escrutinio y cómputo como lo refirió la coalición 5 de Mayo.