En días pasado el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), aprobó el Acuerdo en el cual plantea dos acciones afirmativas, una a favor de las mujeres y otra a favor de los indígenas, en esta entrega haré referencia a la acción afirmativa en lo que respecta al principio de paridad, argumentando que por sí solo el principio de paridad apenas supera la masa crítica del 30% de representación de las mujeres en el Senado de la República, por lo que es necesario tomar medidas adicionales que permitan que la paridad sea efectiva.
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Las acciones afirmativas, son actos que implementan las autoridades para garantizar que a un grupo en particular se le garanticen sus derechos, que históricamente les han sido negados, con el único fin de que todas las personas gocemos de todos los derechos, es decir vivamos en igualdad.
Las acciones afirmativas buscan revertir activamente, esa discriminación, los requisitos básicos para que una acción se pueda considerar afirmativa, es que tenga objetivos claros, que sirva para alcanzar una meta y que sea de carácter temporal.
La jurisprudencia 3/2015, afirma que las “Acciones afirmativas a favor de las mujeres, no son discriminatorias […] se advierte que estas acciones son medidas especiales de carácter temporal que se adoptan para generar igualdad y no se considerarán discriminatorias siempre que sean razonables, proporcionales y objetivas, y una vez alcanzado el fin para el cual fueron implementadas cesarán. Es por ello que las medidas temporales a favor de las mujeres, encaminadas a promover la igualdad con los hombres, no son discriminatorias, ya que al establecer un trato diferenciado entre géneros con el objeto de revertir la desigualdad existente, compensan los derechos del grupo de población en desventaja, al limitar los del aventajado”.
La paridad dejó de ser una acción afirmativa, para convertirse en un principio constitucional, pero por sí solo este principio no ha logrado que más mujeres ocupemos escaños en el Senado de la República, que es el tema que nos ocupa, “En relación con el Senado de la República, la desproporción entre los hombres y las mujeres que han integrado la Cámara Alta es histórica. La actual legislatura está integrada con un total de 86 (67.2%) hombres y 42 (32.8%) mujeres. En la legislatura pasada 2006-2012, hubo 106 (82.8%) hombres y 22 (17.2%) mujeres. Y en la legislación anterior, es decir, 2000-2006, hubo 108 (84.4%) hombres y 20 (15.6%) mujeres.” (1)
La mayoría de las y los Consejeros Generales del INE, consideraron que eran necesarias una serie de medidas tendentes para hacer efectivo el principio de paridad, para que las mujeres que aspiran a ser Senadoras de la República en sus institutos políticos, puedan participar en candidaturas efectivas y no simbólicas. (2)
El Acuerdo presenta reglas respecto del los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, tanto de senadurías como de diputaciones federales; plantea que para el caso de las y los candidatos al Senado que participarán por el principio de representación proporcional, deberán encabezar las listas una fórmula conformada por mujeres, en caso de que a un partido político se le asignen números nones en puestos de representación, habría más mujeres con oportunidad de participar por este principio, y afirma que: “Las reglas de paridad en las listas de representación proporcional son de especial importancia pues, por un lado, pueden propiciar la paridad en la integración del órgano legislativo y, por el otro, lo pueden desequilibrar.” (3)
En el seno de la discusión se ha mencionado que generalmente, los hombres son quienes han encabezado las listas de representación proporcional, tanto para senadoras (es) como para diputadas (os) federales.
En los considerandos del proyecto, se motivo de manera clara y objetiva, la necesidad de aplicar esta medida; argumento que era necesario la ejecución de una acción afirmativa. Acción que se verá reflejada en caso de quedar firme el Acuerdo, en la composición final del Senado de la República, y que promoverá el acceso de más mujeres para para ocupar escaños en la Cámara Alta y defender los intereses de las entidades federativas con una perspectiva de género. (Susana Pedroza) (4).
Les comparto un fragmento de los argumentos que expuso la Consejera General del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez, en defensa del proyecto de Acuerdo, que a mi parecer no tiene desperdicio: “La historia no la cuento yo, la historia está documentada en las sentencias emitidas por cada una de las diferentes integraciones de la sala superior que es la que ha dado una interpretación y un enfoque de Derechos Humanos en representación política, y ahí está la historia, la legislación ha avanzado precisamente con esos enfoques que se les han dado y por eso se han transformado y se llegó a reconocer un principio, una directriz constitucional en el artículo 41 que ahora es paridad, y esa paridad hacia dónde nos lleva, ninguna acción afirmativa la podemos tomar al margen del contexto histórico y del contexto político y del contexto social”. (5)
Lo interesante de la discusión respecto a la aprobación del acuerdo, es la resistencia, a que se materialice. La mayoría de los partidos políticos lo objetó, sentí que fue un… ya tienen la paridad, con eso tienen… ya no le busquen más… en lo personal me genera disonancia cognoscitiva, cuando las mujeres no defendemos a las mujeres, y cuando se tiene un discurso para ganar adeptas, donde se vende que las mujeres importamos, pero cuando el tema es tratarnos como iguales, la bocanada del patriarcado nos ataca, nos traga, nos desaparece. Esto se trata de voluntad política, de voluntad política y de voluntad política…¿Qué es la voluntad? Disposición, intención, ánimo o resolución de hacer algo.
En Twitter @luza1975
Referencias:
(1), (2), (3) y (4) Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se indican los criterios aplicables para el registro de candidaturas a los distintos cargos de elección popular que presenten los partidos políticos y, en su caso, las coaliciones ante los Consejos del Instituto, para el Proceso Electoral Federal 2017-2018.
(5) Versión estenográfica de la participación de la Consejera General del INE, Beatriz Claudia Zavala Pérez, en la Sesión Extraordinaria del Consejo General del INE, del 8 de noviembre de 2017. Elaboración propia.