Logo e-consulta

Miércoles, 13 De Mayo De 2026 | Puebla

OPINIÓN

Protección de buques y puertos

Relevancia de prestar atención a empresas como PEMEX. El código PBIP.

Domingo, Noviembre 5, 2017

Humberto Sosa Argáez

Una Compañía petrolera “PISIS CONSULTORES S.C.P.”(www.marineconsultingdelsureste.com) como hay muchas en la Sonda de Campeche prestando servicios a Petróleos Mexicanos, Empresa Productiva de Estado, nos orientó sobre la Protección de Buques e instalaciones Portuarias en especial con el Código Internacional para la Protección de Buques e Instalaciones Portuarias (PBIP por sus siglas en inglés). Este código surgió a raíz de los atentados terroristas a las torres gemelas el 11.09.2001, lo que evidenció una falla en los sistemas de protección en EU. Este código tiene su base en la Organización Marítima Internacional, en el convenio SOLAS y en el Comité de Seguridad Marítima.

Más artículos del autor

El PBIP es un plan elaborado con el fin de asegurar la aplicación de las medidas destinadas a proteger tanto a las personas como al buque y lo que éste lleve a bordo (carga unidades de transporte, provisiones, etc.) de los posibles sucesos que pueden poner en riesgo la protección marítima.

En el código deberá existir un Plan de Protección del Buque (Ship Security Plan), el cual todos los buques deben llevar a bordo y deben ser aprobados por la administración y operar de acuerdo con él. El Plan deberá indicar las medidas de protección que se deben tomar en el buque para mantener de forma permanente el nivel 1 de protección (mínimo) hasta un nivel 3 (máximo) adicionalmente un Plan de Protección de la Instalación Portuaria, que se basa en la evaluación y que comprenderá igualmente 3 niveles de protección, que deberán ser aprobados por el gobierno, y estar redactado en el idioma de trabajo de la instalación. El plan debe de contener como mínimo las medidas para evitar la introducción de armas, sustancias peligrosas para las personas, buque o instalaciones o transportes no autorizados, en la instalación portuaria. Deben prevenir accesos no autorizados a la instalación, buques o zonas restringidas, garantizar la protección de la carga y equipos para la protección de la misma.

Los objetivos del Código PBIP son establecer un lazo entre el gobierno contratante, organismos y/o administraciones locales y portuarias con el fin de detectar las amenazas a la protección y adoptar medidas preventivas. El código define las funciones y responsabilidades respectivas de los gobiernos, organismos y administraciones para garantizar la protección marítima. Así como garantizar que la información relacionada con la protección se recopila y se intercambia con prontitud y eficiencia. Finalmente ofrece metodología con el fin de elaborar evaluaciones, planes y procedimientos que permitan reaccionar a los cambios en los niveles de protección y así garantizar que se cuenta con las medidas de protección adecuadas.

El Código PBIP aplica a Buques de Pasaje Alta – Bala Velocidad, Buques de Carga, Unidades móviles de perforación mar adentro e instalaciones portuarias. Excepto Embarcaciones de guerra, Instalaciones Marítima militares, Buques de Gobierno y de carácter no comercial, Unidades auxiliares.

Me llama la atención cómo ante la crisis del mercado Petrolero y sus consecuencias muchas Instalaciones fijas y sumergibles han quedado cerradas, suspendidas y consecuentemente abandonadas y sin resguardo por parte de la empresa, quienes por convenio asignan a la Marina Nacional estas tareas (que por cierto estos servicios de seguridad en alta mar han quedado rebasados y fuera de presupuesto por austeridad). Caso crítico han sido varias de ellas (plataformas Instalaciones) depredadas presumiblemente por barcos piratas o llámese embarcaciones de dudosa procedencia que obviamente, no son lancheros ni mucho menos hombres de mar que buscan el sustento diario a pesar de las vicisitudes de las vedas que ha impuesto Pemex en la Sonda de Campeche y la frágil sustentabilidad y sostenibilidad con la que opera y se esfuerza ésta empresa productiva de Estado. Lo anterior en virtud de que muchas sustracciones fuera de la ley presumiblemente no se logran con lanchas con motores fuera de borda sino con embarcaciones más grandes. Más allá de la relación solidaria con lancheros de otorgar un poco de agua potable y pan dulce o auxiliarlos en tormentas (amarrando su lancha a las patas de la plataforma en lo que pasa la tormenta) supongo que hay intereses mayores para sustraer herramientas, máquinas y equipos cotizados en dólares.

Hago un llamado a las autoridades Marítimas para detener esa depredación que como dicen los -expertos- es un robo a la Nación. Pero sobre todo que se aseguren de que los Planes o Códigos se adapten y sean originales a la realidad nacional.

Principio clave es que nuestra soberanía no puede ni debe depender de otros países en aspectos altamente estratégicos como la seguridad nuestros mares, solo con el pretexto de malas experiencias o desafíos del terrorismo de grupos no afines a los intereses Norteamericanos  que están motivadas por razones culturales de guerra u otros intereses diferentes a nuestra nación. Absurdo resulta también que la consultoría especializada en estos tópicos de seguridad marítima no sea depositada exclusivamente en la Secretaria de Marina y no en compañías privadas donde el único interés es el lucro. Creo firmemente en que México es un país de Paz y respeto pleno al Derecho Marítimo.

Sistema Nacional Anticorrupción es un buen comienzo y puede hacer mucho por ésta empresa de Estado, así como la transparencia y rendición de cuentas; pero como todo sistema debemos hacer que funcione y de resultados. No hacer círculos viciosos o aprovechar lagunas para denostar la iniciativa.

 

[El autor es politólogo UPAEP]

Vistas: 885
AL MOMENTO
MÁS LEIDAS

Blogs