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Código de ética | Norma Estela Pimentel
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Miércoles, 13 De Mayo De 2026 | Puebla

OPINIÓN

Código de ética

Norma Estela Pimentel

Abogada certificada por la Barra Mexicana de Abogados. Autora del e-book “Marco jurídico de las comunicaciones”. Speaker Tedx BUAP Wowen 2019. Impartió seminarios y diplomados con perspectiva de género

Lunes, Febrero 9, 2015

A razón de este “código” resulta importante recordar la diferencia entre normas jurídicas y normas sociales. Ambas comparten las siguientes características: son bilaterales pues ofrecen la posibilidad de ofrecer derechos y obligaciones entre dos o más sujetos; son externas pues se refieren a conductas que se manifiestan y no pertenecen al mundo de las ideas; son heterónomas pues un tercero –en este caso el Consejo Coordinador Empresarial- quien las expide… sin embargo su diferencia radica en la coercibilidad, pues sólo las normas jurídicas en caso de no ser cumplidas generarán la aplicación del poder público cuyo monopolio se encuentra en manos del Estado.

El peligro que enfrenta este documento es incluirse en la lista de las buenas intenciones, que al carecer de un esquema sancionador fácilmente pueden volverse un simple manifiesto de valores sin llevar a efectivas prácticas empresariales. Si bien es cierto que este tipo de propuestas se han solicitado por entidades financieras internacionales, la “autorregulación” en México es un esquema que rompe con la tradición de la división entre el mundo del deber ser jurídico y el mundo del ser-o de la realidad. En materia financiera la propuesta internacional se enfoca en incentivar este tipo de “códigos” de buenas prácticas, situación que se ha implementado en materia bursátil, espacio en el que la Bolsa Mexicana de Valores, como Sociedad Anónima Bursátil, emite su propia reglamentación, sin perder de vista la normatividad emitida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores o por la CONDUSEF. En la práctica esta posibilidad le ha permitido a la máxima operadora bursátil de este país, limitar la participación de aquellas empresas que considera no cumplen en su totalidad con su “autorregulación”, por lo que aunque se trata de una norma social, la Bolsa ha encontrado los medios para limitar la participación de aquellos que incumplen sus reglas. El Código de Integridad y Ética empresarial se limita a recordar a todos los involucrados con un negocio, al cumplimiento de la Ley… por lo que se considera poco eficiente para promover la Cultura de la Legalidad.

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