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¿Se evalúan los impactos ambientales en Puebla? | Juan Manuel Aguilar

Viernes, 15 De Mayo De 2026 | Puebla

OPINIÓN

¿Se evalúan los impactos ambientales en Puebla?

Juan Manuel Aguilar

Consultor independiente e Ingeniero en Ecología. Cuenta con una maestría en Estudios Regionales de Medio Ambiente y Desarrollo, y es Doctor en Medio Ambiente y Territorio. Ha sido Presidente del Colegio de Profesionales en Medio Ambiente y Desarrollo, A.C., Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Ecología del Estado de Puebla e integrante del Consejo Ciudadano de Ecología del Municipio de Puebla.

Domingo, Octubre 12, 2014

La semana pasada en este espacio se comentó el rol que juega la percepción social de los problemas ambientales y cómo este discernimiento ciudadano se convierte en factor que influye de manera importante en el avance del deterioro ambiental y agotamiento de los recursos naturales.

De una forma muy general se expuso que en el territorio poblano se puede hoy identificar la gran diferencia en la percepción del daño ambiental que existe entre la población de las zonas urbanas y las rurales. Por ejemplo, al tiempo en que un considerable número de pobladores en ciertos municipios alejados de la capital del estado, enfrentan fuertes presiones capitalistas directas sobre los recursos naturales que les proveen de lo indispensable para vivir, en la ciudad capital se soslayan no sólo estos graves escenarios socioambientales rurales, sino los propios problemas que afectan a la sustentabilidad urbana, para dar cabida a la defensa de unos árboles que resultan involucrados en las obras públicas urbanas.

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Así pues, el avance en el deterioro ambiental por todo el territorio poblano es evidente a la luz de la observación especializada, pero su población no está suficientemente informada sobre estos procesos y sus consecuencias, de tal suerte que apenas percibe la dimensión del daño ambiental cuando logra dase cuenta que este no afecta tan sólo a unos cuantos ciudadanos y que el tiempo, los costos y los niveles de gestión para restaurar las condiciones originales están fuera del alcance de los perturbados.

Entonces, si la población no tiene el conocimiento suficiente para identificar oportunamente los impactos ambientales de las actividades obras o programas que afectan el equilibrio de sus relaciones sistémicas, es el gobierno estatal quien debería hacerse del diagnóstico, difusión y gestión ambiental del territorio poblano, pues están en riesgo las condiciones de bienestar de las comunidades y hasta de la gobernabilidad. Los efectos visibles se manifiestan ya a diario.

Sin embargo la reacción del gobierno del estado de Puebla fue contraria a la lógica que la crisis ambiental poblana demanda. Redujo la estructura de gestión tan sólo a nivel de subsecretaría, sujetando su actuar a presupuestos tan reducidos tanto en personal como en sueldos, abriendo con ello las puertas de la tentación a prácticas de corrupción que desde luego fueron abiertamente aprovechadas, ampliando penosamente las fronteras de la impunidad en la administración estatal.

Soy de los que están convencidos que el nombrar como directivos a personas no especialistas y/o inexpertas en materia ambiental propició la descomposición  la subsecretaría. El lucro buscado por improvisados funcionarios estatales que entre otras perversidades está el comercializar las autorizaciones ambientales a los particulares, ha propiciado mayores daños a los sistemas ambientales dificultando la transición poblana a la sustentabilidad de su desarrollo.  Es tedioso, pero se puede llegar a saber cuántos han sido los casos; lo difícil es calcular económica y socialmente los daños.

Sin embargo las cosas ahí siguen sin cambio porque la oficina que la Contraloría tiene en la dependencia no puede darse cuenta de la existencia de documentos falsificados. Esperan una denuncia de los contribuyentes, quienes no encuentran conveniencia alguna en presentarla.

Si los funcionarios de la Contraloría también fuesen especialistas en medio ambiente, se darían cuenta entre otros trucos, que el proceso de análisis y evaluación de los impactos ambientales de una obra o actividad no concluye al obtenerse un oficio resolutivo emitido por la autoridad ambiental. Este proceso sólo puede terminar cuando los promotores de la obra o actividad demuestran fehaciente y oportunamente que han cumplido con las previsiones ambientales del estudio de impacto y las condicionantes emitidas por la autoridad en el resolutivo de autorización condicionada. En esta función es omisa la autoridad ambiental estatal.

Mientras tanto, allá afuera de la sub-dependencia, el problema de escasez de agua limpia se multiplica agudiza; la contaminación del suelo por disposición inadecuada de residuos sólidos urbanos y peligrosos se vuelve crítica en la mayor parte de los municipios; la pérdida de bosques, como de flora y fauna silvestre aumenta cada día; las pérdidas económicas por desequilibrios en la sustentabilidad urbana pueden contabilizarse por millones de pesos; la erosión y salinización continúan afectando la productividad de los suelos; la población de la mayor parte de los municipios poblanos no conoce sus condiciones de riesgo y se encuentra en condiciones de vulnerabilidad, lo que limita sus posibilidades de superar la pobreza.

Al no existir funcionarios estatales con conocimientos y conciencia ambiental, puede entenderse el rezago de la gestión y avance del costoso deterioro que sufre todo el estado de Puebla. No tengo temor a equivocarme si afirmo que la administración ambiental estatal, no podría demostrar hoy que cumple satisfactoriamente cuando menos con el 50% de las previsiones que le tiene establecida la ley ambiental estatal [1], entre las que se encuentra la importante obligación de presentar un informe anual de la situación ambiental que guarda el estado.

Quizá un esfuerzo como este informe podría ayudaría a los poblanos a identificar su real objeto de preocupación ambiental, de manera que pudieran orientar tanto su percepción, sus conductas y sus actitudes en beneficio de su propia condición de bienestar.

 

[1] Art.5 fracción IV de la ley ambiental estatal: Es competencia de la Secretaría expedir el Informe Anual de Medio ambiente y ponerlo a disposición del público en general.

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