Las 139 posibles multas de tránsito por las que pueden sancionar a conductores en Puebla subirán en su costo a partir del próximo 1 de febrero, debido a la actualización de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para este 2026.
El aumento de la UMA para 2026 quedó en 117.31 pesos por unidad o valor diario; 3 mil 566.22 pesos por mes (unidad multiplicada por 30.4); y 42 mil 794.64 pesos por año (el resultado mensual multiplicado 12 veces).
Dicho aumento, en comparación con la cifra del año pasado, cuando una UMA valía 113.1 pesos, correspondió al 3.7 por ciento.
De acuerdo con el Tabulador para la imposición de multas que se encuentra disponible en la Ventanilla Digital del estado de Puebla, existen al menos 139 posibles infracciones a imponer para conductores que violen las normas generales de circulación, especificadas en el apartado Capítulo IV del texto referido.
En ese apartado se enumeran todas las posibles multas que pueden aplicar las autoridades correspondientes, independientemente de si el conductor maneja un auto particular, una motocicleta o es chofer de otro tipo de vehículo.
Solo los primeros tres apartados del Capítulo IV del documento marcan una diferencia entre la multa por “no portar licencia de conducir vigente y legible para conducir, que corresponda al tipo de vehículo y servicio del cual se trate”. Así queda:
Motociclistas: multa de 4 a 6 UMA; equivalencia de 469.24 a 703.86 pesos
Automovilistas: multa de 6 a 8 UMA; equivalencia de 703.86 a 938.48 pesos
Chofer en todas las modalidades: multa de 10 a 15 UMA; equivalencia de mil 173.1 a mil 490.65 pesos
A continuación se muestra la lista de las diez multas siguientes, registradas en la sección referida del documento citado, junto con sus respectivas cantidades en equivalencia a pesos:
No llevar tarjeta de circulación o el documento que autorice la legal circulación del vehículo: multa de 8 a 12 UMA; de 938.48 a mil 407.72 pesos
Desobedecer las indicaciones de los policías de vialidad, la señalización vial y los mecanismos utilizados para regular el tránsito: multa de 10 a 20 UMA; de mil 173.1 a 2 mil 346.2 pesos
Por exceder de 1 a 20 km/h la velocidad máxima permitida: multa de 12 a 20 UMA; de mil 407.72 a 2 mil 346.2 pesos
Por exceder de 21 a 30 km/h la velocidad máxima permitida: multa de 21 a 30 UMA; de 2 mil 463.51 a 3 mil 519.30 pesos
Por exceder de 31 a 40 km/h la velocidad máxima permitida: multa de 31 a 40 UMA; de 3 mil 636.30 a 4 mil 692.40 pesos
Por exceder en más de 41 km/h la velocidad máxima permitida: multa de 55 a 65 UMA; de 6 mil 452.05 a 7 mil 625.15 pesos
No utilizar el cinturón de seguridad, o no cerciorarse de que todos los pasajeros lo utilicen: multa de 8 a 12 UMA; de 938.48 a mil 407.72 pesos
No encender las luces de los vehículos durante la noche o cuando, por las circunstancias que prevalezcan, no haya suficiente visibilidad: multa de 4 a 8 UMA; de 469.24 a 938.48 pesos
No tomar el extremo derecho o izquierdo, según corresponda, del lugar donde circulen al escuchar la sirena de ambulancias, patrullas de policía o cualquier vehículo de paso preferencial o de emergencia, o no permitirles el paso: multa de 10 a 20 UMA; de mil 173.1 a 2 mil 346.2 pesos
No conservar entre su vehículo y el que va adelante una distancia de seguridad razonable: multa de 10 a 20 UMA; de mil 173.1 a 2 mil 346.2 pesos
Abordar y descender a los pasajeros cuando el vehículo no se encuentre totalmente detenido y no utilice las banquetas, lugares autorizados o zonas de seguridad destinadas para este fin: multa de 8 a 12 UMA; de 938.48 a mil 407.72 pesos (LV)